Esta es la principal decisión jurisprudencial publicada del 13 al 19 de setiembre del 2026
Miéroles 18 de setiembre del 2026
Cobranza dudosa: Corte Suprema fija cómo acreditar la morosidad para deducir provisiones tributarias
La Corte Suprema de Justicia precisó que, para deducir las provisiones por cobranza dudosa de la renta bruta, a efectos de establecer la renta neta de tercera categoría para el pago del impuesto a la renta, se requiere acreditar la morosidad del deudor mediante documentación que evidencie objetivamente las gestiones de cobro realizadas luego del vencimiento de la deuda.
Así lo estableció mediante la sentencia correspondiente a la Casación N.° 15840-2025 Lima, emitida por su Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, que declaró infundado uno de los recursos de casación interpuestos en el marco de un proceso contencioso administrativo.
Con ello, el citado colegiado del Poder Judicial (PJ) establece un lineamiento para efectuar la mencionada deducción, conforme a lo dispuesto por el literal i) del artículo 37.° de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), concordado con el literal f) del artículo 21.° de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 122-94-EF.