• JUEVES 24
  • de setiembre de 2026

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Consultas poblacionales: simplifican trámite para áreas con menos de 151 habitantes

Simplifican consultas poblacionales para acciones de demarcación territorial

La medida fue establecida mediante la Resolución de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial N.° 007-2026-PCM/SDO, que modifica la Directiva N.° 001-2026-PCMSDOT, “Directiva para la realización de Consultas Poblacionales para acciones de demarcación territorial”.

La norma precisa que, cuando la población involucrada en el área de consulta sea menor de 151 habitantes, el procedimiento se sujetará al proceso previsto en el acápite V de la citada directiva, con disposiciones específicas.

Así, el gobierno regional podrá solicitar, cuando lo considere necesario, las asistencias técnicas y suscribir los acuerdos previstos en la directiva.

Asimismo, la Unidad Técnica de Demarcación Territorial (UTDT) del gobierno regional propondrá el cronograma para implementar la consulta poblacional. Este podrá establecer plazos menores a los previstos para el proceso desarrollado conforme al acápite V, siempre que se cumplan todas sus etapas.

La acreditación prevista en el numeral 5.5 de la directiva estará a cargo de la unidad orgánica del gobierno regional responsable de los aspectos operativos de la consulta, designada mediante Resolución Ejecutiva Regional.