Multas de transporte: conoce cómo acceder a la reducción de 90 % y cerrar procedimientos pendientes
Transportistas pueden aprovechar beneficio vigente para reducir multas en 90 %
La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026, con el objetivo es facilitar el pago efectivo de las multas y fortalecer la eficacia del sistema sancionador.
El régimen tendrá una vigencia de 90 días calendario para las multas por infracciones de tránsito y de 180 días calendario para las multas por infracciones de transporte público y privado. Pueden acogerse voluntariamente quienes tengan sanciones pendientes de inicio de procedimiento sancionador, en trámite, firmes, impugnadas o en ejecución coactiva, así como aquellas que sean impuestas durante la vigencia del régimen.
Para acceder al beneficio, el administrado debe pagar el monto de la multa con la reducción correspondiente. Luego, la entidad competente dispondrá la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador o de ejecución coactiva, incluidos, cuando corresponda, las costas y gastos derivados del procedimiento de cobranza.
Además, las multas canceladas bajo este régimen no generarán acumulación de puntos en la licencia de conducir ni serán consideradas para determinar reincidencia o habitualidad.
En las multas en ejecución coactiva que hayan tenido pagos parciales, la reducción se aplicará sobre el saldo pendiente. Si existe un recurso administrativo contra la resolución de sanción, el administrado deberá presentar el desistimiento correspondiente.
El beneficio no comprende las infracciones más graves, entre ellas las relacionadas con conducción en estado de ebriedad, informalidad, agresión a inspectores y accidentes de tránsito, de acuerdo con las competencias de la ATU y las municipalidades provinciales.