Derecho
Por primera vez en la historia, el Registro Personal cuenta con un reglamento integral y especializado. Con la entrada en vigor de esta normativa, la entidad establece reglas claras y uniformes para la inscripción de actos relacionados con los apoyos y salvaguardias, la capacidad de ejercicio, el matrimonio, la unión de hecho, los regímenes patrimoniales y otras situaciones que representan un impacto directo en la vida de las personas.
La institución explicó que el nuevo reglamento incorpora medidas que simplifican los procedimientos, reducen trámites y costos, fortaleciendo la protección de los derechos de los usuarios del sistema registral.
Reglas
Entre las nuevas disposiciones figuran una sola inscripción para la designación de apoyos; mayor protección de la información personal; trámites desde cualquier región del país; facilidades para los peruanos en el exterior; restitución de la capacidad de ejercicio; y menos documentos y mayor seguridad registral, detalló.
En la primera medida, la Sunarp señaló que cuando la designación de apoyo incluya facultades de representación, esta se inscribirá únicamente en el Registro Personal y ya no requerirá una inscripción adicional en el Registro de Mandatos y Poderes.
Para mayor protección de la información personal, se formaliza la práctica respecto a que los asientos registrales no consignan causales, condiciones ni circunstancias personales protegidas por el derecho a la intimidad: el registro publicita la situación jurídica de la persona, no su condición.
Virtuales
Además, se podrán efectuar trámites desde cualquier oficina registral del país. El Registro Personal tiene alcance nacional: la primera inscripción se efectuará en la oficina registral que el interesado indique en la rogatoria del título, precisa.
Sunarp indicó que las personas adultas mayores y con discapacidad residentes en el extranjero podrán designar apoyos ante funcionarios consulares peruanos. El parte consular lo remitirá electrónicamente el propio funcionario consular por el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp), con firma digital y sin legalización de firma ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, refirió.
A la par, el reglamento establece disposiciones para inscribir la restitución de la capacidad de ejercicio de las personas declaradas judicialmente interdictas antes de la vigencia del Decreto Legislativo N.° 1384, que reconoció la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad.
Documentación
En los ceses por fallecimiento –de la ausencia, del cargo de tutor o curador o de la unión de hecho– bastará una solicitud con el nombre y el documento de identidad de la persona fallecida; el acta de defunción solo se requerirá en defecto de la verificación electrónica.
El Índice Nacional del Registro Personal permite verificaciones de alcance nacional y contribuye a prevenir inscripciones incompatibles, resaltó.
La Sunarp precisó que, con esta normativa, oficializada mediante Resolución N.° 00213-2026-Sunarp/SN, uniformiza la actuación de sus oficinas registrales en todo el país, fortaleciendo la seguridad jurídica, la protección de los derechos y la simplificación administrativa.
De esta manera, porque detrás de cada inscripción hay una persona, una familia y un derecho que proteger, continúa modernizando sus servicios para acercar el registro a todos los peruanos, puntualizó.
Vigor
El Reglamento de Inscripciones del Registro Personal consta de 50 artículos y entrará en vigor el 1 de octubre próximo. Son responsables de su cumplimiento los registradores públicos, el Tribunal Registral, los jefes de zonas y de unidades registrales, y personal certificador. Así también los funcionarios y servidores de la Sunarp que intervengan en los procedimientos de inscripción registral del Registro Personal, según sus competencias y funciones específicas establecidas en el marco normativo vigente. El reglamento se aplicará a la inscripción de los actos previstos en el artículo 2030 del Código Civil y en las leyes especiales que acceden al Registro Personal.