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  • de setiembre de 2026

Política

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ONPE invoca a mantener orden y serenidad en elecciones regionales y municipales

Recuerda mecanismos para detectar y responder a conflictos electorales.

Para los comicios subnacionales, el Ministerio Público desplegará 6,800 fiscales –de prevención del delito, penales y anticorrupción– para prevenir e investigar delitos electorales antes, durante y después del 4 de octubre. Los fiscales de prevención del delito que se encuentren en los locales de votación, en coordinación con el personal de la ONPE y las fuerzas del orden, actuarán de acuerdo a sus competencias al identificar actos delictivos. Dependiendo de la gravedad del acto, podría intervenir también el fiscal penal de turno.

Por otro lado, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional jugarán un papel fundamental en la custodia de material, personal e instalaciones vinculadas al proceso. Los efectivos policiales se encargarán de la protección externa de los locales de votación, pero de manera excepcional podrían ingresar al recinto para ejercer la función policial que corresponda.

La ONPE invoca a las organizaciones políticas y a la ciudadanía a mantener el orden y la serenidad antes, durante y después del sufragio, y a rechazar las acciones violentas que impidan el libre ejercicio del derecho al voto o que atenten contra cualquiera de las etapas del proceso.

Delitos electorales

Los actos de violencia extrema durante los procesos electorales –como la toma de un local de votación, la quema de ánforas o la destrucción de actas– se consideran, según el Código Penal, “delitos contra la voluntad popular” y en concurso con delitos de disturbios y daños agravados.

Dentro del grupo de delitos contra la voluntad popular, se distinguen delitos específicos, como la “perturbación o impedimento de un proceso electoral” (artículo 354.º), que incluye el uso de la violencia –o la amenaza de usarla– para interrumpir, entorpecer o impedir el desarrollo de las elecciones. La sanción prevista es pena privativa de la libertad de entre tres y diez años.

El Código Penal también contempla delitos como “atentado contra el derecho de sufragio” (artículo 359.º), “impedimento u obligación del voto” (artículo 355.º) e “inducción al voto mediante dádivas” (artículo 356.º). Adicionalmente, si una persona intenta votar utilizando el documento nacional de identidad (DNI) de otra, incurriría en el delito de suplantación de identidad.

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