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  • de octubre de 2026

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Minedu restringe el uso de celulares en colegios para no afectar el proceso de aprendizaje

Responsabilidad será compartida entre los colegios y las familias, a fin de prevenir el ciberacoso, reducir la sobreexposición a internet y proteger la salud física y mental de los estudiantes.

“Después de permanecer sin reglamentación durante las anteriores gestiones, el Gobierno cumple con aprobar el Reglamento de la Ley N .° 32385 por disposición de la presidenta Keiko Fujimori, con el propósito de recuperar la autoridad y restablecer la disciplina en las aulas. No podemos permitir que el uso indiscriminado de los celulares distraiga a los estudiantes y afecte el proceso de aprendizaje. Esta norma establece límites claros y fortalece la autoridad docente, sin impedir el uso de la tecnología cuando tenga una finalidad pedagógica o responda a necesidades específicas de los estudiantes”, afirmó el ministro de Educación, José Antonio Chang.

Padres también tienen responsabilidades

El reglamento establece la corresponsabilidad de los padres y madres de familia o tutores, quienes deberán contribuir al cumplimiento de la restricción por parte de los menores de edad a su cargo.

Además, fuera de las instalaciones educativas y cuando no se desarrollen actividades educativas, les corresponde promover el uso seguro y responsable de los celulares y dispositivos electrónicos.

En esa línea, las instituciones educativas deberán orientar a los estudiantes y a sus familias, sobre los beneficios y riesgos asociados al uso de estos dispositivos, con especial atención a la prevención del ciberacoso, la sobreexposición a internet y el acceso a contenidos inadecuados.

Medidas correctivas y protección de los estudiantes

Las instituciones educativas deberán incorporar en sus reglamentos internos las medidas correctivas aplicables ante el incumplimiento de las disposiciones. Estas deberán ser oportunas, formativas, reparadoras y proporcionales a la falta, considerando criterios de razonabilidad, gradualidad y reiteración, así como las condiciones y necesidades de cada estudiante.

El monitoreo del cumplimiento de la norma deberá respetar la dignidad y la intimidad de los estudiantes. En consecuencia, la supervisión no autoriza a revisar el contenido de los teléfonos celulares ni permite incurrir en tratos discriminatorios, humillantes u ofensivos.

Cuando se detecten situaciones de ciberacoso o hechos que pudieran constituir delitos, las instituciones educativas deberán actuar conforme a los protocolos y normas vigentes y, cuando corresponda, comunicar lo sucedido de inmediato a las autoridades competentes.

Uso pedagógico y situaciones excepcionales

La disposición contempla situaciones excepcionales en las que se permite el uso de celulares, previa autorización cuando corresponda. Entre ellas figuran las actividades con fines pedagógicos, la atención de barreras educativas, las necesidades relacionadas con problemas de salud o discapacidad y las situaciones de emergencia.

En el caso de las actividades pedagógicas, el uso de dispositivos deberá responder a una finalidad educativa y contar con la autorización del director o docente responsable, según corresponda. Para las situaciones vinculadas con la salud o discapacidad, se deberá sustentar la necesidad conforme a los requisitos establecidos en el reglamento.

Asimismo, las instituciones educativas podrán habilitar espacios para la custodia de los celulares, siempre que cuenten con los recursos disponibles. Las condiciones y el plazo máximo de custodia deberán establecerse en el reglamento interno, garantizando la conservación y devolución de los equipos y la protección de la información personal que contienen.

Minedu impulsará orientación y uso responsable de la tecnología

El reglamento también dispone que el Ministerio de Educación, en articulación con el Ministerio de Salud, desarrolle campañas para promover el uso seguro y responsable de los celulares y dispositivos electrónicos, dirigidas a directivos, docentes, estudiantes y familias.

Estas acciones buscarán fortalecer las competencias digitales, prevenir los riegos del abuso de uso de celulares y contribuir a generar ambientes educativos seguros y saludables.

Las UGEL tendrán a su cargo el monitoreo y la supervisión de las instituciones educativas de su jurisdicción, mientras que las direcciones regionales de Educación realizarán el seguimiento correspondiente y promoverán alianzas con entidades públicas y privadas para proteger a los estudiantes frente a los riesgos asociados al uso de estos dispositivos.

Además, las instituciones educativas públicas y privadas deberán incorporar las disposiciones de la Ley N.º 32385 y su reglamento en la primera actualización de sus respectivos reglamentos internos o documentos de gestión que corresponda, de acuerdo con la normativa vigente.

Con esta reglamentación, el sector Educación establece reglas para el uso de celulares en el entorno educativo, priorizando los aprendizajes, la convivencia escolar y la protección integral de los estudiantes, sin impedir su uso cuando exista una necesidad pedagógica o una situación especial debidamente justificada.

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