Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
MIÉRCOLES 7
de octubre de 2026
Derecho
DERECHO
Prescripción penal: TC precisa cómo el paso del tiempo limita la potestad punitiva del Estado
Fallo del pleno jurisdiccional
Desde la perspectiva penal, constituye una causa de extinción de la responsabilidad criminal fundada en el transcurso del tiempo sobre los acontecimientos humanos o en la renuncia del Estado al ius puniendi, bajo el supuesto de que el tiempo transcurrido atenúa los efectos de la infracción y deja de ella apenas una memoria social.
Así lo explica el constitucionalista Omar Sar Suárez al comentar la Sentencia 205/2026, correspondiente al Expediente N.° 01664-2025-PHC/TC Ica, emitida por el Pleno Jurisdiccional del máximo intérprete de la Constitución, mediante la cual se declara fundada una demanda de habeas corpus por la vulneración del derecho al plazo razonable, en relación con la libertad personal.
En esta decisión, el TC desarrolla los efectos de la prescripción, particularmente en materia penal, y su vinculación con los derechos fundamentales.
Descripción
De acuerdo con la sentencia, en un ordenamiento jurídico inspirado en el principio pro homine, la ley penal material atribuye a la acción penal una función preventiva y resocializadora, a partir de la cual el Estado autolimita su potestad punitiva.
Esta orientación responde a la necesidad de que, transcurrido determinado período, se elimine toda incertidumbre jurídica y se abandone el castigo de quien se presume que lleva mucho tiempo viviendo honradamente. De esta manera, se consagra el principio de seguridad jurídica, explica el TC.
En esa línea, el artículo 80 del Código Penal establece que la acción penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena fijada por la ley para el delito, si esta es privativa de libertad.
Datos
Conforme al artículo 139, inciso 13, de la Constitución Política del Perú, la prescripción produce los efectos de cosa juzgada.
En este marco constitucional, los artículos 80 al 83 del Código Penal reconocen la prescripción como uno de los supuestos de extinción de la acción penal.
Esto significa que, mediante la prescripción, se limita la potestad punitiva del Estado y se extingue la posibilidad de investigar un hecho criminal y, con ello, la responsabilidad del supuesto autor o autores, precisa el máximo intérprete de la Constitución.
Asimismo, el TC advierte que el artículo 81 del citado cuerpo legislativo establece que los plazos de prescripción se reducen a la mitad cuando el agente tenía menos de 21 o más de 65 años al momento de la comisión del hecho punible.