Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
  • SÁBADO 10
  • de octubre de 2026

Derecho

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El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 10 de octubre del 2026

Minjusdh: autorizan convención sobre simplificación administrativa

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) autorizó la realización de la XXXIX Convención de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del sector público, denominada “Simplificación Administrativa: Construyendo un Estado más cercano a las personas”.

La Resolución Ministerial N.° 382-2026-JUS dispone que el encuentro se efectúe de manera presencial el viernes 27 de noviembre próximo, en Lima, de 8:00 a 18:00 horas.

Además, encarga a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria la organización y realización de la convención, propuesta por esta dependencia que tiene como funciones coordinar las actividades de las oficinas de asesoría jurídica y gerencias legales de las entidades públicas, con el propósito de mantener la coherencia del ordenamiento jurídico. Conozca la norma aquí.


Susalud: precisan plazo de publicación de sanciones a entidades de salud

La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) precisó que la información sobre las sanciones impuestas a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress) y Unidades de Gestión de Ipress (Ugipress) debe permanecer publicada en su portal institucional por un mínimo de un año, desde la fecha de inscripción.

Así lo establece la Resolución de Superintendencia N.° 000171-2026-SUSALUD/SUP, que modifica los artículos 7 y 8 del Reglamento para el Registro de Sanciones aplicable a dichas instituciones, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N.° 098-2014-Susalud/S.

La norma dispone que la información correspondiente a las sanciones de revocación de la autorización de funcionamiento de las IAFAS y de cierre definitivo de las Ipress se mantenga publicada, debido a la naturaleza permanente de sus efectos.

Asimismo, modifica las disposiciones sobre la baja de oficio de la información del Registro de Sanciones. Esta procederá cuando la instancia correspondiente de Susalud declare la nulidad de oficio de la resolución de sanción administrativa o cuando haya transcurrido el plazo mínimo de publicación y se haya cumplido la sanción impuesta.

La disposición exceptúa de esta última condición a las sanciones de revocación de la autorización de funcionamiento de las IAFAS y de cierre definitivo de las Ipress.

La resolución tiene como finalidad reforzar la seguridad jurídica y la transparencia en la administración de la información del Registro de Sanciones, así como garantizar que esta sea clara, verificable y accesible para la ciudadanía y las labores de supervisión de Susalud. Conozca la norma aquí.


SBS: refuerzan normativa para licitar el seguro previsional

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) modificó cinco artículos del Título VII del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones (SPP), referido a Prestaciones.

La Resolución SBS N.° 02471-2026 señala que el propósito es mitigar los riesgos asociados al proceso de licitación del seguro previsional y garantizar mejores condiciones y beneficios para los afiliados y sus beneficiarios.

Para tal fin, la norma modifica los artículos 64-A, 249, 250, 260 y 262 del referido compendio, aprobado por Resolución N.° 232-98-EF/SAFP y sus modificatorias.

La resolución precisa que las empresas de seguros que operen como Empresas Administradoras de Fondos (EAF) y participen como postoras en la licitación del seguro previsional deberán abstenerse de intervenir en la organización del proceso. Esta restricción comprende su participación en el Comité de Adjudicación y en la elaboración de las bases.

Asimismo, dispone que el proceso de licitación y la ejecución del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio priorizará la protección de los afiliados al SPP. 

Para ello, las decisiones y actuaciones del Comité de Adjudicación y de las entidades que administren el seguro previsional deberán estar sustentadas y atender los intereses previsionales de los afiliados y beneficiarios, además de garantizar la idoneidad, eficiencia y calidad del servicio.

La resolución establece también que las EAF y el Comité de Adjudicación conservarán la documentación suficiente que permita acreditar la identificación, evaluación y gestión de los conflictos de intereses que se presenten durante la licitación. Esta información deberá estar disponible para la superintendencia, anota. Conozca la norma aquí.