Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
DOMINGO 11
de octubre de 2026
Derecho
DERECHO
Revise las principales normas legales publicadas del 4 al 10 de octubre del 2026
Domingo 4 de Octubre del 2026
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobó la modificación del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos (TUPA) delServicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) por simplificaciónadministrativa, con relación al Formato cod.: IP-01 delprocedimiento administrativo denominado “registro dealimentos para animales (excepto piensos y alimentos medicados)”, eliminando el campo 32 de dicho formato,referido a la presentación de “imagen escaneada delproyecto de etiqueta a color”, mediante la Resolución Jefatural N° D000150-2026-MIDAGRI-SENASA-JN.
Por ende, dispuso la publicación de la modificación aprobada en el portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperua no.pe), en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Senasa (www.gob.pe/senasa). Conozca la norma aquí
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
Modifican el “Tarifario de ServiciosTecnológicos del Centro de InnovaciónProductiva y Transferencia TecnológicaPesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura- CITEpesquero, Acuícola y AgroindustrialPiura”
El Instituto Tecnológico de la Producción modificó el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura - CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura”, aprobado por Resolución Ejecutiva Nº 0088-2023-ITP/DE y modifi catorias, a fin de incluir cuarenta y siete (47) nuevos servicios tecnológicos, actualizar doce (12) servicios tecnológicos aprobados y eliminar siete (7) servicios tecnológicos aprobados, por lo que el Tarifario queda conformado por cincuenta y nueve (59) servicios tecnológicos y sus respectivas Notas.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ejecutiva Nº 000196-2026-ITP/DE con la cual se dispone que los siete (7) servicios tecnológicos eliminados con la modificación del Tarifario, que a la fecha de entrada en vigencia de dicha Resolución se encuentren en ejecución, podrán ser brindados hasta la
culminación de los referidos servicios.
A la par se dispuso que la Oficina de Tecnologías de la Información, en aplicación de lo establecido y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos, conforme a la Versión 3 de la Directiva Nº 002-2021-ITP/DE, así como en el módulo del sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda.
A su vez, dispuso que la Oficina de Tecnologías de la Información publique las modificaciones efectuadas en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp). Conozca la norma aquí
BANCO CENTRAL DE RESERVA
El gerente general y el presidente del Banco Central de Reserva del Perú, participarán en las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial y en reuniones conexas que se desarrollarán en el marco de dichas reuniones, que se realizarán del 12 al 18 de octubre del 2026 en la ciudad de Bangkok, Tailandia
El gerente general y el presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCR), Paul Gonzalo Castillo Bardález y Julio Velarde Flores, respectivamente, participarán en las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BM) y en reuniones conexas que se desarrollarán en el marco de dichas reuniones, que se realizarán del 12 al 18 de octubre del 2026 en la ciudad de Bangkok, Tailandia.
Para tal efecto, el BCR autorizó la misión en el exterior de ambos funcionarios mediante la Resolución de Directorio Nº 0044-2026-BCRP-N y la Resolución de Directorio N° 0053-2026-BCRP-N. Conozca las normas aquí
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Disponen la implementación de una estrategia con enfoque adaptativo en la pesquería del recurso calamar gigante o pota durante el evento El Niño 2026–2027, y autorizan al IMARPE la ejecución de la primera pesca exploratoria del recurso calamar gigante o pota, en el ámbito marítimo de jurisdicción nacional.
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 3 de octubre del 2026)
El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la implementación de una estrategia con enfoque adaptativo en la pesquería del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) a través del desarrollo de pescas exploratorias del citado recurso, durante el evento El Niño 2026-2027, con la finalidad de mantener una observación directa y continua del comportamiento de la población y la etología del mencionado recurso ante los cambios oceanográficos asociados a dicho evento.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº 00348-2026-PRODUCE con la cual el Produce autoriza el desarrollo de nuevas pescas exploratorias y el correspondiente número de faenas de pesca, hasta el 31 de diciembre del 2026, sobre la base de los informes finales resultado de las pescas exploratorias autorizadas, alcanzados por el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el contenido de
los Comunicados Oficiales de la Comisión Multisectorial encargada del Estudio Nacional del Fenómeno “El Niño” - ENFEN, así como las condiciones biológicas pesqueras asociadas al recurso calamar gigante o pota. Dicho informe final, de corresponder contendrá el respectivo plan de trabajo de la siguiente pesca exploratoria y se elaborará en el plazo de siete (7) días calendario de culminada la pesca exploratoria previa.
A la par, se autoriza al IMARPE, la ejecución de la primera pesca exploratoria del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), en el ámbito marítimo de jurisdicción nacional, a partir del día siguiente de publicada la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de octubre del 2026, con el objetivo de evaluar los principales indicadores biológico-pesqueros en las principales zonas de distribución y pesca del citado recurso durante octubre del 2026, en el contexto del desarrollo del evento El Niño 2026-2027. Conozca la norma aquí
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Establecen como criterio jurisprudencial que no puede ejecutarse medidas cautelares otorgadas por el Poder Judicial que ordenen la inscripción provisional de las candidaturas, cuando se altere el cronograma electoral
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 3 de octubre del 2026)
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció como criterio jurisprudencial que no puede ejecutarse medidas cautelares otorgadas por el Poder Judicial que ordenen la inscripción provisional de las candidaturas, cuando se altere el cronograma electoral.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Nº 04186-2026-JNE, con la cual se declara la NULIDAD DE OFICIO de las Resoluciones Nº 2053-2026-JEE-AQP/JNE, del 26 de julio del 2026, Nº 00249-2026-JEE-LIE2/JNE, del 7 de agosto del 2026, Nº 02003-2026-JEE-MAYN/JNE, del 12 de setiembre del 2026, y Nº 01996-2026-JEE-MAYN/JNE, del 12 de setiembre del 2026, emitidas por los Jurados Electorales Especiales de Arequipa, Lima Este 2 y Maynas, respectivamente. Conozca la norma
Lunes 5 de octubre del 2026
MINISTERIO DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a las nueve unidades bibliográficas (1955-1983) de la producción literaria de Manuel Scorza Torres, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú
El Ministerio de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación a las nueve (09) unidades bibliográficas (1955-1983) de la producción literaria de Manuel Scorza Torres, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, mediante la Resolución Viceministerial N° 000283-2026-VMPCIC/MC.
La medida obedece a que estas nueve (09) unidades bibliográficas (1955-1983) de la producción literaria de Manuel Scorza Torres destacan por su significado para la cultura peruana dado que contribuyen al rescate de la memoria colectiva de poblaciones históricamente desplazadas.
Además, estas publicaciones denuncian graves injusticias sociales como la persecución política, la corrupción y el racismo, a las cuales se enfrentan sus protagonistas. A su vez, describen algunas prácticas culturales andinas dentro de un universo habitado por personajes mágicos cuyas habilidades extraordinarias operan como metáforas de la realidad social y mecanismos de preservación de la identidad andina, entre otros.
En ese contexto, se dispone la publicación de la identificación de las referidas unidades bibliográficas en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Disponen el control metrológico de balanzas utilizadas en las plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo y consumo humano indirecto
El Ministerio de la Producción (Produce), a través del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó el control metrológico (verificación posterior) de los Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático (balanzas) utilizados en plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo y consumo humano indirecto, mediante la Resolución Directoral N° 000063-2026-INACAL/DM.
De acuerdo con la norma el control metrológico regirá para las balanzas contempladas en las Resoluciones Ministeriales N° 00296-2020-PRODUCE y N° 00303-2020-PRODUCE, o en las normas que las modifiquen, sustituyan o deroguen, que tengan como capacidad máxima de medición hasta 100,000 kilogramos, debiendo cumplir con la clase de exactitud III de acuerdo con la Norma Metrológica Peruana NMP 003 y disposiciones establecidas por la Dirección de Metrología del Inacal.
El control metrológico será obligatorio a partir del vencimiento del plazo de implementación de doce (12) meses, contado desde la publicación de la resolución con la cual se aprobó el referido control, en el Diario Oficial El Peruano.
La verificación metrológica se realizará con la periodicidad establecida en las Resoluciones Ministeriales N° 00296-2020-PRODUCE y N° 00303-2020-PRODUCE, o en las normas que las modifiquen, sustituyan o deroguen.
Los propietarios o responsables de las balanzas, que se utilicen en las plantas de procesamiento de productos pesqueros industriales para consumo humano directo y consumo humano indirecto, son responsables de su correcto funcionamiento y de solicitar su verificación posterior mientras se encuentren en uso. Conozca la norma aquí
SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas en la Sede Digital de dicha entidad supervisora (www.sbs.gob.pe), mediante la Resolución SBS N° 02433-2026.
El plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto es de dieciocho (18) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí
Martes 6 de octubre del 2026
MINISTERIO DE DEFENSA
Aprueban la “Norma para el Servicio de Tráfico Marítimo (VTS) de la Autoridad Marítima Nacional”
El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, aprobó la “Norma para el Servicio de Tráfico Marítimo (VTS) de la Autoridad Marítima Nacional”, mediante la Resolución Directoral N° 672-2026 MGP/DICAPI.
Dicha norma establece las disposiciones para la organización, prestación, supervisión y sostenibilidad del VTS conforme a los estándares internacionales y a las directrices de la Organización Marítima Internacional (OMI) y de la Organización Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima (IALA).
En ese contexto, se dispone la publicación de la citada norma en el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Fijan índices de corrección monetaria paraefectos de determinar el costo computablede los inmuebles enajenados por personasnaturales, sucesiones indivisas o sociedadesconyugales que optaron por tributar comotales
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó los índices de corrección monetaria paraefectos de determinar el costo computablede los inmuebles enajenados por personasnaturales, sucesiones indivisas o sociedadesconyugales que optaron por tributar comotales, mediante la Resolución Viceministerial N° 019-2026-EF/15.01.
De acuerdo con la norma, en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el día siguiente de publicada la citada Resolución Viceministerial hasta la fecha de publicación de la Resolución Viceministerial mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección
monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo a los índices aprobados.
Por ende, se dispone la publicación de los índices aprobados en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban relación de servicios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables que pueden ejecutarse bajo el mecanismo de Obras por Impuestos en el marco de las medidas extraordinarias fijadas ante el Fenómeno El Niño
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó la relación de servicios delSector Mujer y Poblaciones Vulnerables que puedenejecutarse bajo el mecanismo de Obras por Impuestos enel marco del Decreto de Urgencia Nº 010-2026, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para laejecución de intervenciones mediante el mecanismo deobras por impuestos ante el Fenómeno El Niño, así comosu contenido mínimo.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº 000523-2026-MIMP con la cual se dispone la publicación de dicha nómina en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp). Conozca la norma aquí
AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA
Aprueban “Directiva que establece las disposiciones para el uso de la Mesa de Partes Digital y la Casilla Electrónica de la Autoridad Nacional del Agua”
La Autoridad Nacional del Agua (ANA) aprobó la Directiva DI Nº 0003-2026-ANA/OA-UATD, “Directiva que establece las disposiciones para el uso de la Mesa de Partes Digital y la Casilla Electrónica de la Autoridad Nacional del Agua”, mediante la Resolución Jefatural Nº 0250-2026-ANA.
Dicha directiva entrará en vigencia a los cuatro (4) días hábiles contados desde el día siguiente la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.
En ese contexto, se dispone a la Unidad de Archivo y Trámite Documentario del ANA la publicación de la Directiva DI Nº 0003-2026-ANA/OA-UATD, en el portal institucional de la ANA (www.gob.pe/ana).
Aprueban medidas de intervención reforzada penitenciaria en el marco de la prórroga de la declaratoria de emergencia del Sistema Nacional Penitenciario, establecida mediante el Decreto Supremo Nº 013-2026-JUS
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 5 de octubre del 2026)
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó medidas de intervención reforzada penitenciaria en el marco de la prórroga de la declaratoria de emergencia del Sistema Nacional Penitenciario, establecida mediante el Decreto Supremo Nº 013-2026-JUS.
Fue por intermedio de la Resolución Ministerial Nº 375-2026-JUS con la cual se establece que el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), así como los órganos y programas del Minjusdh, en el ámbito de sus competencias, implementarán las medidas aprobadas, con sujeción a la normativa vigente aplicable.
El Inpe, así como los órganos y programas del Minjusdh, remitirán a la Dirección de Política Criminológica a través de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, con periodicidad trimestral, un reporte de
avance de cumplimiento de las medidas establecidas, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la
culminación de cada trimestre.
La Dirección de Política Criminológica consolidará la información remitida e informará a la Dirección General de Asuntos Criminológicos, la misma que se elevará al Despacho Viceministerial de Justicia, precisando el nivel de avance y cumplimiento de las citadas medidas.
En ese contexto, se dispuso la publicación de las medidas aprobadas en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Minjusdh (www.gob.pe/minjus). Conozca la norma aquí
OECE
Formalizan Acuerdo que aprueba la reconformación de las Salas del Tribunal de Contrataciones Públicas
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 5 de octubre del 2026)
El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) formalizó el Acuerdo Nº 001-014-2026/OECE-CD del Consejo Directivo que aprueba la reconformación de las Salas del Tribunal de Contrataciones Públicas.
Fue mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000293-2026-OECE-PREconforme al siguiente detalle:
Disponen publicación de la propuesta de actualización de los “Lineamientos para la elaboración de la declaración de manejo para el aprovechamiento de frutos, semillas y hojas de palmeras silvestres en tierras de comunidades nativas y comunidades campesinas”
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Servicio NacionalForestal y de Fauna Silvestre (Serfor), dispuso la publicación de la propuesta de actualización de los “Lineamientos para la elaboración de la declaración de manejo para el aprovechamiento de frutos, semillas y hojas de palmeras silvestres en tierras de comunidades nativas y comunidades campesinas”, por un plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las personas interesadas.
La medida fue adoptada mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva RDE N° D000209-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE, con la cual se dispone que los comentarios y/o aportes al proyecto denominado “Lineamientos para la elaboración de la declaración de manejo para el aprovechamiento de frutos, semillas y hojas de palmeras silvestres en tierras de comunidades nativas y comunidades campesinas”,
deberán remitirse de acuerdo con el formato que se establece, a la sede central del Serfor, ubicada en avenida Javier Prado Oeste N° 2442, urbanización Orrantia, Magdalena del Mar, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, así como a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe.
La Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre se encargará de recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes o recomendaciones.
En ese contexto, se dispone la publicación de la propuesta y del formato para la presentación de comentarios y/o aportes en el Portal Institucional del Serfor (www.gob.pe/serfor). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Optimizan disposiciones relacionadas a los impedimentos de la selección ynombramiento de directores de FONAFE y de lasEmpresas bajo su ámbito
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) optimizó algunas de las disposiciones contempladas en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1693 que ordena, sistematiza y optimiza la eficiencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE, aprobado por Decreto Supremo N° 292-2024-EF relacionadas a los impedimentos de la selección y nombramiento de directores de FONAFE y de las Empresas bajo su ámbito.
Fue mediante la modificación de dicha norma reglamentaria efectuada a través del Decreto Supremo Nº 212-2026-EF con la cual se precisa -por ejemplo- que se encuentran impedidos de ejercer el cargo de
director de FONAFE, los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo grado de afinidad, de quien es o ha sido miembro de la plana gerencial, asesor de la alta dirección, apoderado o director de una o más Empresas del Estado, dentro del último año previo a su designación.
Además, se especifica que están impedidos de ser nombrados directores de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, en representación del Estado, las personas que tengan denuncias y/o demandas en trámite en su contra interpuestas por FONAFE y/o por la Empresa bajo el ámbito de FONAFE en la que ejercerá funciones. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Actualizan Norma Técnica denominada “Criterios para el Diseño de Mobiliario Educativo de la Educación Básica Regular"
El Ministerio de Educación (Minedu) incorporó criterios de flexibilidad y optimización del mobiliario educativo consistente en mesas y sillas para estudiantes, asegurando las condiciones de funcionalidad, ergonomía y seguridad necesarias para los servicios educativos de la Educación Básica Regular, con el fin de coadyuvar en la mejora de la calidad de dichos servicios.
Además, actualizó la Norma Técnica denominada “Criterios para el Diseño de Mobiliario Educativo de la Educación Básica Regular", con el fin de recopilar y organizar de manera sistemática las disposiciones reguladas en la misma.
Ambas medidas fueron adoptadas mediante la Resolución Viceministerial N° 172-2026-MINEDU que modifica la referida norma técnica. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan a Augusto Ovidio Avila Callao como Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) designó al señor AUGUSTO OVIDIO AVILA CALLAO en el cargo de Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas,
Carga y Mercancías (Sutran)
La designación fue efectuada mediante la Resolución Suprema Nº 021-2026-MTC, a tono con lo dispuesto en la Ley Nº 29380,Ley de creación de la Sutran. Conozca la norma aquí
INSTITUTO PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR
Disponen la prepublicación del proyecto de Norma Técnica “Requisitos de Seguridad Radiológica en Braquiterapia” y su exposición de motivos
El Instituto Peruano de Energía Nuclear dispuso la prepublicación del proyecto de Norma Técnica “Requisitos de Seguridad Radiológica en Braquiterapia” y su correspondiente exposición de motivos, por el plazo de treinta (30) días calendario, a efectos de recibir comentarios, aportes y opiniones de las entidades públicas, instituciones privadas, profesionales especializados y ciudadanía en general.
La medida fue adoptada mediante la Resolución de Presidencia Nº D000112-2026-IPEN-PRES con la cual se dispone que la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional de dicho instituto en coordinación con la Unidad Funcional de Gestión Documental de la Gerencia General, de la misma entidad efectúe la publicación de los referidos documentos en la sede digital del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN (www.gob.pe/ipen), garantizando su acceso público.
La Oficina Técnica de la Autoridad Nacional, a través de la unidad competente en materia de normativa regulatoria, se encargará de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes y opiniones que se presenten durante el periodo de prepublicación, así como de la elaboración del informe correspondiente que sustente la evaluación de los aportes recibidos.
Los comentarios podrán ser remitidos a través del canal institucional que se habilite para tal efecto, consignando como asunto: “Comentarios al proyecto de Norma Técnica Requisitos de Seguridad Radiológica en Braquiterapia”. Conozca la norma aquí
SUNAT
Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que modifica el procedimiento específico “Donaciones provenientes del exterior” DESPA-PE.01.02 (versión 3)
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que aprueba la modificación del procedimiento específico “Donaciones provenientes del exterior” DESPA-PE.01.02 (versión 3) con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de dicha entidad supervisora (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general.
La medida fue adoptada mediante la Resolución de Superintendencia N° 000193-2026/SUNAT con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opinionesde los operadores y del público en general pueden serpresentados en las unidades de recepción documentalde la Sunat y en la Mesa de Partes Virtual-SUNAT; o,enviados a la siguiente dirección de correo electrónico:DPIngreso@sunat.gob.pe, con indicación delprocedimiento observado.
LaIntendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera estará a cargo de su recepción, sistematización yanálisis. Conozca la norma aquí
PODER EJECUTIVO
Ministro de Salud sostendrá reuniones presenciales con altos directivos o funcionarios de instituciones tecnológicas de Estados Unidos, para la exploración de iniciativas que beneficien y brinden valor a los objetivos de salud pública, acceso a servicios y desarrollo tecnológico
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 6 de octubre del 2026)
El señor LUISWILLIAMS DYER FERNÁNDEZ, Ministro de Estado en elDespacho de Salud sostendrá diversas reuniones presenciales con altos directivos o funcionarios de instituciones tecnológicas, para la exploración de iniciativas que beneficien y brinden valor a los objetivos de salud pública, acceso a servicios y desarrollo tecnológico, entre el 7 y el 13 octubre del 2026, en las ciudades de Miami, Santa Clara y Santa Bárbara, Estados Unidos de América.
Por tal motivo, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a dichas ciudades de Estados Unidos de América del 7 al 14 de octubre del 2026, mediante la Resolución Suprema 289-2026-PCM.
Por ende, se encarga el Despacho de Salud al señor MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, en tanto dure la ausencia del Titular. Conozca la norma aquí
Jueves 8 de octubre del 2026
PODER EJECUTIVO
Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, para adecuardo a las modificaciones efectuadas a dicha ley
El Poder Ejecutivo dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 7°, 8°, 9°, 10°, 11° y 31° del Reglamento de la Ley del Artista Intérprete y Ejecutante, aprobado por Decreto Supremo N° 058-2004-PCM, y de su exposición de motivos, para adecuar dicha norma reglamentaria a las modificaciones efectuadas a la citada ley por la Ley N° 32409 referidas al derecho de reproducción de sus interpretaciones o ejecuciones, al derecho de remuneración equitativa, al pago de compensación por tiempo de servicios, al contenido del contrato laboral y a las pensiones y prestaciones de salud.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº 343-2026-PCM con la cual se dispone la publicación de aquel proyecto y su Exposición de Motivos, en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gop.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI (www.gob.pe/indecopi).
En esa medida, se establece el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general, respecto del proyecto normativo publicado; los cuales podrán presentarse a través de la Mesa de Partes Virtual del INDECOPI disponible en https://enlinea.indecopi.gob.pe/MDPVirtual2/#/inicio; mediante el correo electrónico: contactodda@indecopi.gob.pe; o de manera presencial en las ofi cinas del INDECOPI a nivel nacional, dirigidos a la Dirección de Derecho de Autor.
La Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI se encargará de recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Crean el “Grupo de Trabajo Sectorial para la promoción de la comercialización nacional y apertura de mercados internacionales de moluscos bivalvos no pectínidos”
El Ministerio de la Producción (Produce) creó el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente de dicho portafolio, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial para la promoción de la comercialización nacional y apertura de mercados internacionales de moluscos bivalvos no pectínidos”, mediante la Resolución Ministerial Nº 00354-2026-PRODUCE.
Dicho Grupo de Trabajo Sectorial, que estará presidido por un representante del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del citado portafolio y que contará con una secretaría técnica, tendrá por objeto elaborar una propuesta de Hoja de Ruta para su apertura, acceso y consolidación en mercados internacionales, especialmente en el mercado europeo, considerando criterios de sostenibilidad, sanidad, inocuidad, calidad, trazabilidad, competitividad, innovación y generación de valor.
El Grupo de Trabajo Sectorial se instalará dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial y tendrá una vigencia de doce (12) meses, contados a partir del día siguiente de su instalación.
Al término del periodo de vigencia o cumplido el objeto del Grupo de Trabajo Sectorial, la Secretaría Técnica comunicará a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, la extinción formal del Grupo de Trabajo Sectorial. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE SALUD
Declaran alerta amarilla en los establecimientos de salud a nivel nacional
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 7 de octubre del 2026)
El Ministerio de Salud (Minsa) declaró alerta amarilla en los establecimientos de salud a nivel nacional con ocasión de los efectos del Fenómeno El Niño, hasta el 30 de junio del 2027.
La decisión fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº 921-2026/MINSA con la cual se declara alerta amarilla específicamente en los establecimientos de salud de los departamentos de Cusco, Cajamarca, Lambayeque, Lima, Ucayali, y de la Provincia Constitucional del Callao, desde el 01 hasta el 23 de noviembre del 2026, con ocasión de la Visita Apostólica de Su Santidad el Papa León XIV al Perú.
A la par, se da por finalizada la alerta amarilla en los establecimientos de salud a nivel nacional, por efecto de las lluvias intensas, declarada mediante Resolución Ministerial Nº 063-2026/MINSA la cual se deroga.
A su vez se dispone que la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, a través de las Direcciones de Redes Integradas de Salud, las Direcciones Regionales de Salud, las Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces a nivel regional, se encarguen de la difusión, supervisión y evaluación de la aplicación de las declaratorias de alerta amarilla. Conozca la norma aquí
Viernes 9 de octubre del 2026
Presidenta de la república viajará a El Salvador y España entre octubre y noviembre
La presidenta de la república, Keiko Fujimori Higuchi, fue autorizada para salir del territorio nacional del 28 al 31 de octubre y del 2 al 6 de noviembre de 2026, con el fin de cumplir actividades oficiales en El Salvador y participar en la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, en España.
La autorización fue establecida mediante la Resolución Legislativa N.º 32742, que precisa las fechas de ambos viajes y las actividades previstas en las respectivas agendas presidenciales.
El primer viaje comprende una visita oficial a San Salvador y al municipio de Tecoluca, en El Salvador. La agenda, programada para el 29 y 30 de octubre, incluye un encuentro privado con el presidente salvadoreño y una reunión ampliada con ministros de Estado.
Asimismo, contempla reuniones con los titulares salvadoreños de Justicia y Seguridad Pública; Educación, Ciencia y Tecnología; y Salud. También se han previsto visitas al Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot), a una escuela emblemática y al Hospital Rosales.
La mandataria retornará al Perú el 31 de octubre.
El segundo desplazamiento se realizará del 2 al 6 de noviembre, con destino a Madrid, España, para participar en las principales actividades de la XXX Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno.
Entre el 3 y el 5 de noviembre, la agenda contempla la participación de la presidenta en la sesión plenaria, eventos protocolares y encuentros bilaterales con jefes de Estado y de Gobierno u otras altas autoridades. También asistirá a sesiones del encuentro empresarial que se desarrollará en el marco de la cumbre.
Durante ambas ausencias, el primer vicepresidente de la república se encargará del despacho presidencial, conforme al artículo 115 de la Constitución Política del Perú y a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
La resolución legislativa fue suscrita el 7 de octubre de 2026 y dispone que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Sábado 10 de octubre del 2026
Minjusdh: autorizan convención sobre simplificación administrativa
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) autorizó la realización de la XXXIX Convención de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las Entidades del Sector Público, denominada “Simplificación administrativa: construyendo un Estado más cercano a las personas”.
La Resolución Ministerial N.º 382-2026-JUS dispone que el encuentro se efectúe de manera presencial el viernes 27 de noviembre próximo en Lima, de 8:00 a 18:00 horas.
Además, encarga a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria la organización y realización de la convención, propuesta por esta dependencia, que tiene como funciones coordinar las actividades de las oficinas de asesoría jurídica y gerencias legales de las entidades públicas con el propósito de mantener la coherencia del ordenamiento jurídico. Conozca la norma aquí.
Susalud: precisan plazo de publicación de sanciones a entidades de salud
La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) precisó que la información sobre las sanciones impuestas a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (Iafas), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress) y las Unidades de Gestión de Ipress (Ugipress) debe permanecer publicada en su portal institucional por un mínimo de un año desde la fecha de inscripción.
Así lo establece la Resolución de Superintendencia N.º 000171-2026-SUSALUD/SUP, que modifica los artículos 7.º y 8.º del reglamento para el registro de sanciones aplicable a dichas instituciones, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N.º 098-2014-Susalud/S.
La norma dispone que la información correspondiente a las sanciones de revocación de la autorización de funcionamiento de las Iafas y de cierre definitivo de las Ipress se mantenga publicada debido a la naturaleza permanente de sus efectos.
Asimismo, modifica las disposiciones sobre la baja de oficio de la información del registro de sanciones. Esta procederá cuando la instancia correspondiente de Susalud declare la nulidad de oficio de la resolución de sanción administrativa o cuando haya transcurrido el plazo mínimo de publicación y se haya cumplido la sanción impuesta.
La disposición exceptúa de esta última condición a las sanciones de revocación de la autorización de funcionamiento de las Iafas y de cierre definitivo de las Ipress.
La resolución tiene como finalidad reforzar la seguridad jurídica y la transparencia en la administración de la información del registro de sanciones, así como garantizar que esta sea clara, verificable y accesible para la ciudadanía y las labores de supervisión de Susalud. Conozca la norma aquí.
SBS: refuerzan normativa para licitar el seguro previsional
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) modificó cinco artículos del Título VII del compendio de normas reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones (SPP), referido a prestaciones.
La Resolución SBS N.º 02471-2026 señala que el propósito es mitigar los riesgos asociados al proceso de licitación del seguro previsional y garantizar mejores condiciones y beneficios para los afiliados y sus beneficiarios.
Para tal fin, la norma modifica los artículos 64-A, 249, 250, 260 y 262 del referido compendio, aprobado por Resolución N.º 232-98-EF/SAFP y sus modificatorias.
La resolución precisa que las empresas de seguros que operen como empresas administradoras de fondos (EAF) y participen como postoras en la licitación del seguro previsional deberán abstenerse de intervenir en la organización del proceso. Esta restricción comprende su participación en el Comité de Adjudicación y en la elaboración de las bases.
Asimismo, dispone que el proceso de licitación y la ejecución del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio priorizará la protección de los afiliados al SPP.
Para ello, las decisiones y actuaciones del Comité de Adjudicación y de las entidades que administren el seguro previsional deberán estar sustentadas y atender los intereses previsionales de los afiliados y beneficiarios, además de garantizar la idoneidad, la eficiencia y la calidad del servicio.
La resolución establece también que las EAF y el Comité de Adjudicación conservarán la documentación suficiente que permita acreditar la identificación, la evaluación y la gestión de los conflictos de intereses que se presenten durante la licitación. Esta información deberá estar disponible para la superintendencia, anota. Conozca la norma aquí.
Lea también en el Diario Oficial El Peruano:
??¡Atención, contribuyentes! Este 16 de octubre se conocerán ganadores del sorteo de SUNAT con premios de hasta S/100 000 https://t.co/WiY8AMwyuf https://t.co/b6Qc5I6SEn