Economía
Tras reunirse con ex ministros del sector, líderes empresariales, economistas y académicos, Shinno explicó que el proyecto contempla el régimen ordinario de carácter permanente para nuevos operadores y productores formalizados. Para el inicio o reinicio de actividades, este esquema exigirá autorización sectorial y certificación ambiental de acuerdo a las características de las actividades de pequeña minería y minería artesanal a nivel nacional.
Reafirmo que el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) concluirá indefectiblemente el 31 de diciembre del presente año. Precisó que a partir del 1 de enero de 2027 se establecerá un régimen de consolidación que concluiría el 31 de diciembre de 2028 y estaría dirigido exclusivamente a las personas inscritas en el Reinfo, quienes quedarían habilitadas temporalmente conforme a los requisitos establecidos.

El ámbito del proyecto de ley comprende a los titulares de derechos mineros, titulares de actividades de beneficio, acopiadores, transportistas, procesadores, comercializadores y otros intervinientes en el flujo del mineral.
Creación de FORMAPE
Shinno Huamaní adelantó que el proyecto considera la creación del Organismo Nacional para el Fortalecimiento de la Minería Artesanal y Pequeña Minería (FORMAPE), entidad adscrita al MINEM, que tendrá la responsabilidad de promover mejores estándares en las operaciones, buenas prácticas laborales y de seguridad, e innovación tecnológica: administrar los sistemas de información y trazabilidad; evaluar instrumentos de gestión ambiental; otorgar acreditaciones (PPM y PMA); y emitir las autorizaciones de inicio o reinicio de actividades mineras.
En gestión ambiental, se propone que las actividades mineras se sujetarán a los principios de protección ambiental establecidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y deben contar con certificación ambiental para su inicio, conforme a la legislación aplicable.

Mediante decreto supremo se fijarán requisitos proporcionales, ágiles y adecuados al riesgo y condiciones territoriales de la MAPE.
Asimismo, se señala que los sistemas administrados por el FORMAPE considerarán la trazabilidad total a lo largo de la cadena productiva, identificando el origen, traslado, recepción, beneficio, procesamiento y comercialización de los minerales; y centralizará todos los procedimientos administrativos, mediante el uso de la Casilla Electrónica Única.
Otro aspecto importante del proyecto es que se autoriza expresamente al Banco de la Nación a prestar servicios bancarios a pequeños mineros y mineros artesanales para consolidar su inclusión económica.
Contratos de explotación
La iniciativa establece que los pequeños mineros o mineros artesanal en virtud del contrato de explotación o de cesión serán los únicos responsables por los incumplimientos a la normativa ambiental y de seguridad y salud ocupacional que se deriven de sus actividades.
Además, se precisa que cuando desarrollen sus actividades sin un contrato de explotación o de cesión vigente, el titular de la concesión responderá solidariamente con quienes ejecutan dichas actividades por los impactos causados al ambiente.
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