Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
JUEVES 15
de octubre de 2026
Derecho
DERECHO
¿Subió la RMV? Empresas deben actualizar sueldos, asignación familiar y otros conceptos laborales
Atención, empleadores y trabajadores.
Las empresas deben revisar sus escalas salariales, bandas remunerativas y criterios de progresión interna tras el incremento de la remuneración mínima vital (RMV) a S/ 1,230, vigente desde el 1 de octubre, a fin de evaluar posibles distorsiones entre los sueldos de trabajadores con distintas responsabilidades y experiencia.
El abogado laboralista Franco Muschi, socio del Área Laboral del Estudio Garrigues, advierte sobre el efecto de compresión salarial, que ocurre cuando el aumento del sueldo mínimo reduce las diferencias remunerativas entre categorías laborales.
Aunque el incremento no obliga a reajustar automáticamente los salarios superiores a la RMV, puede generar cuestionamientos sobre la equidad interna, solicitudes de aumentos y mayores exigencias durante las negociaciones colectivas.
Por ejemplo, si un trabajador percibe S/ 1,230 y otro con mayor experiencia gana S/ 1,300, la brecha se reduce. Esta diferencia podría desaparecer cuando entre en vigor el segundo tramo del aumento.
Actualización inmediata
Muschi recomienda identificar a los trabajadores cuyos sueldos básicos estén por debajo de S/ 1,230 y regularizarlos con efecto desde el 1 de octubre. Asimismo, aconseja recalcular los conceptos vinculados a la RMV y revisar las políticas internas y los convenios que la utilizan como referencia.
Por su parte, Daniel De la Vega, socio y líder del Área Laboral de Dentons Perú, destaca la importancia de actualizar la planilla mensual de pagos (Plame), la asignación familiar y las subvenciones de practicantes y otras modalidades formativas, según corresponda.
También recomienda revisar los aportes a EsSalud, el trabajo nocturno y los beneficios sociales cuando corresponda ajustar sus bases de cálculo.
Previsión financiera
Muschi aconseja incorporar en los presupuestos el escenario de una RMV de S/ 1,300, monto previsto para el segundo tramo del incremento, cuya fecha exacta dependerá de la norma correspondiente.
El especialista precisa que este monto no debe aplicarse anticipadamente: mientras no se publique el decreto supremo respectivo, la RMV vigente continúa siendo de S/ 1,230.
De la Vega plantea evaluar el impacto financiero, optimizar la productividad y adoptar previsiones contables para afrontar el aumento de los costos laborales.
Errores que deben evitarse
Muschi advierte que actualizar únicamente el sueldo básico, sin recalcular los conceptos vinculados a la RMV, puede generar diferencias pendientes de pago y contingencias ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
También recomienda revisar las remuneraciones proporcionales de los trabajadores a tiempo parcial y los pagos de practicantes, según el régimen aplicable. En los contratos de tercerización e intermediación laboral, los empleadores deben evaluar el impacto del incremento en los costos del personal destacado y las condiciones pactadas.
El incumplimiento de las obligaciones remunerativas puede constituir una infracción laboral sancionable, cuya multa depende, entre otros factores, del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados.
Finalmente, De la Vega recuerda que las horas extras se calculan con las sobretasas legales correspondientes, mientras que la asignación familiar equivale al 10% de la RMV. Por ello, los empleadores deben verificar las bases de cálculo aplicables y anticipar los efectos del segundo incremento.