Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
VIERNES 16
de octubre de 2026
Derecho
DERECHO
El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, viernes 16 de octubre de 2026
Sunarp aprueba reglamento integral para inscribir mandatos y poderes
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro de Mandatos y Poderes (RIMP), que busca uniformizar los criterios de calificación registral, reducir observaciones y ordenar las reglas aplicables a la inscripción de actos de representación voluntaria.
La norma, aprobada mediante la Resolución N.º 00241-2026-SUNARP/SN, entrará en vigencia el 26 de octubre de 2026 y constituye el primer marco reglamentario especializado e integral para este registro, cuya regulación se encontraba dispersa en distintas normas, directivas, lineamientos y precedentes del tribunal registral.
El reglamento consta de 51 artículos y una disposición complementaria final. Entre sus objetivos figura establecer reglas uniformes para la calificación de los títulos y consolidar instrumentos de gestión registral, como el Índice Nacional del Registro de Mandatos y Poderes, cuya consulta será obligatoria.
Asimismo, ordena el régimen de extinción de los mandatos y poderes, incluida la anotación de oficio por fallecimiento del poderdante o mandante, con salvaguarda de los derechos del contratante de buena fe. También delimita el alcance de la inscripción frente a otros registros jurídicos.
Otro aspecto relevante es la facilitación de los trámites para los peruanos residentes en el extranjero, mediante el reconocimiento del parte consular como título inscribible y su presentación electrónica.
Según los fundamentos de la resolución, la ausencia de una regulación integral había dificultado la aplicación uniforme de las reglas registrales y generado respuestas distintas entre oficinas ante supuestos similares. Por ello, el nuevo reglamento busca fortalecer la predictibilidad y la seguridad jurídica en la inscripción de actos de representación.
La Sunarp precisó que la norma desarrolla y complementa las disposiciones de los artículos 2036 al 2038 del Código Civil, sin modificar la legislación vigente ni incorporar nuevas exigencias que generen variaciones de costos para ciudadanos, empresas o la sociedad civil.
Mincetur autoriza viaje de delegación peruana para negociar con EE. UU.
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) autorizó el viaje de siete funcionarios y profesionales a Washington D. C., Estados Unidos, para participar en la segunda ronda de negociación Perú-Estados Unidos en materia de comercio recíproco, programada del 19 al 22 de octubre de 2026.
La autorización fue aprobada mediante la Resolución Ministerial N.º 368-2026-MINCETUR, que dispone el desplazamiento de los integrantes de la delegación peruana entre el 18 y el 23 de octubre, según las fechas asignadas a cada participante.
La delegación estará encabezada por José Luis Castillo Mezarina, director general de Negociaciones Comerciales Internacionales y jefe negociador del Perú. También participarán Cristina Isabel Medina Medina, Carlos Javier Rabanal Sobrino, Edgar Martín Moscoso Villacorta, Ingrid Haydee Huapaya Puicón, Verónica Maseda Beaumont y Karina Nicole Tejada Castro, quienes pertenecen a distintas dependencias del sector Comercio Exterior.
Según los considerandos de la resolución, las negociaciones buscan alcanzar entendimientos que permitan mejorar las condiciones de acceso de los productos peruanos al mercado estadounidense, en un contexto marcado por la aplicación de aranceles adicionales por parte de Estados Unidos a diversos países, incluido el Perú.
El proceso se desarrolla entre el Mincetur y la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés). La primera ronda de negociaciones se realizó en agosto de 2025, seguida de reuniones técnicas.
La norma sustenta la autorización en las competencias del Mincetur para dirigir la política de comercio exterior y representar al Perú en negociaciones internacionales, así como en la legislación que regula los viajes al extranjero de funcionarios y servidores públicos.
Mincetur publica proyecto para promover al Perú como destino de producciones audiovisuales
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso la publicación del proyecto de reglamento que desarrolla las funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú) como comisión fílmica nacional, con el objetivo de impulsar el uso del territorio peruano como escenario de producciones cinematográficas y audiovisuales.
La medida se establece mediante la Resolución Ministerial N.º 369-2026-MINCETUR, que ordena difundir el proyecto de decreto supremo y su exposición de motivos en la sede digital del ministerio (www.gob.pe/mincetur), por un plazo de 20 días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Durante ese periodo, las entidades públicas y privadas, las organizaciones de la sociedad civil y las personas naturales interesadas podrán presentar comentarios, aportes y opiniones sobre la propuesta normativa.
Las contribuciones se recibirán a través de la plataforma digital del Mincetur, la mesa de partes ubicada en calle Uno Oeste N.º 050, urbanización Corpac, distrito de San Isidro, Lima, o el correo electrónico facilitacion.turistica@mincetur.gob.pe. La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo estará a cargo de recibir, evaluar, sistematizar y analizar los aportes.
La iniciativa busca precisar y organizar las funciones de Promperú previstas en el numeral 10.3 del artículo 10 de la Ley N.º 32309, que establece incentivos económicos y fiscales para fomentar las actividades cinematográficas y audiovisuales en el país.
La iniciativa, de este modo, busca desarrollar las funciones de Promperú como comisión fílmica. Por ello, el proyecto plantea establecer medidas para facilitar el uso de locaciones nacionales, generar y difundir información especializada, promover el turismo cinematográfico y fortalecer la coordinación entre las entidades públicas y privadas competentes.
Amplían plazo para presentar aportes al reglamento de la nueva Ley del Boleto Turístico
El Ministerio de Cultura amplió por 15 días calendario adicionales el plazo para recibir comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de reglamento de la Ley N.º 32586, Nueva Ley del Boleto Turístico, con el propósito de promover una mayor participación de las entidades públicas, organizaciones privadas y ciudadanía en la elaboración de esta propuesta normativa.
La medida fue dispuesta mediante la Resolución Ministerial N.º 000378-2026-MC, que establece que el plazo adicional se contabilizará desde el día siguiente de la culminación del período inicialmente otorgado, hasta completar un total de 30 días calendario.
Los interesados podrán presentar sus aportes durante el plazo ampliado a través de la mesa de partes física o virtual del Ministerio de Cultura, así como mediante el correo electrónico institucional reglamentoley32586@cultura.gob.pe. Se mantienen los canales de recepción establecidos en la Resolución Ministerial N.º 000350-2026-MC.
La Ley N.º 32586 tiene por objeto crear el boleto turístico y establecer su régimen de gestión en cada departamento del país. Busca incentivar las visitas a monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad pública y administrados por el Ministerio de Cultura, que formen parte de rutas, circuitos y corredores turísticos.
Asimismo, la norma promueve la conservación y el acondicionamiento turístico de estos espacios. La ampliación permitirá recoger aportes que contribuyan al perfeccionamiento del reglamento y a su adecuada implementación, atendiendo las particularidades y necesidades de los distintos territorios.