Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
  • DOMINGO 18
  • de octubre de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 11 al 17 de octubre del 2026


Domingo 11 de octubre del 2026

PODER EJECUTIVO
Declaran por 60 días el Estado de Emergencia en 707 distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante déficit hídrico para el período de lluvias 2026-2027

El Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en 707 distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante déficit hídrico para el período de lluvias 2026-2027, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo Nº 140-2026-PCM con el cual se establece que los Gobiernos Regionales de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, así como los
gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Restringen durante la jornada escolar de Educación Inicial el uso personal, recreativo o de carácter no pedagógico de teléfonos celulares por parte de los niños

El Ministerio de Educación estableció que, durante la jornada escolar en las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de Educación Inicial, se restringe el uso personal, recreativo o de carácter no pedagógico de teléfonos celulares por parte de los niños. 

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial Nº 612-2026-MINEDU con la cual se precisa que la restricción comprende llamadas, mensajería, juegos, uso de redes sociales, reproducción de contenidos, toma de fotografías o videos y cualquier otra actividad que no responda a lo previsto en
el artículo 3 de dicha resolución.

Los dispositivos tecnológicos distintos al teléfono celular se utilizarán de manera excepcional como recursos pedagógicos cuando exista una intención educativa clara, previamente planificada y acorde con
las características y necesidades del nivel de Educación Inicial. Su uso será breve, pertinente, con mediación docente y complementario a las experiencias de juego, exploración, movimiento, comunicación e interacción conforme a los criterios referenciales que se establecen.

A la par, se establece que las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de Educación Inicial promoverán entre las familias prácticas de uso responsable, saludable y equilibrado de dispositivos tecnológicos, fomentando espacios libres de pantallas, la interacción familiar, el juego, la actividad física, la lectura, la comunicación y otras actividades acordes con el desarrollo integral de los niños del nivel de Educación Inicial. Conozca la nota aquí


OSITRAN
Uniformizan los criterios normativos aplicables al inicio de funciones del Tribunal en Asuntos 
Administrativos de Ositran

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) uniformizó los criterios normativos aplicables al inicio de funciones de su Tribunal en Asuntos Administrativos.

Fue mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 0052-2026-CD-OSITRAN con la cual se modificó el Reglamento de Incentivos, Infracciones y Sanciones del Ositrán y la Directiva para la Aplicación, Impugnación y Cobro de Penalidades en los Contratos de Concesión bajo el ámbito del Ositrán. 


JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fijan el 6 de diciembre del 2026 como fecha para llevar adelante la Segunda Elección Regional – SER 2026, en aquellas circunscripciones en las cuales ninguna de las fórmulas que participan en el proceso, obtenga no menos de treinta por ciento (30%) de los votos válidos

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fijó el 6 de diciembre del 2026 como fecha para llevar adelante la Segunda Elección Regional – SER 2026, en aquellas circunscripciones en las cuales ninguna de las fórmulas que participan en el proceso, obtenga no menos de treinta por ciento (30%) de los votos válidos. 

La medida fue adoptada mediante el Acuerdo del Pleno (7/10/2026) con el cual se establece que para tal efecto, se solicitará oportunamente a la señora presidenta de la República la convocatoria correspondiente, de conformidad con el marco normativo vigente.

En ese contexto, se dispuso requerir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales que, en el ámbito de sus competencias constitucionales y legales, adoptar oportunamente las medidas administrativas, presupuestales, operativas y logísticas necesarias para garantizar la adecuada organización y ejecución de la Segunda Elección Regional – SER 2026, conforme a la fecha prevista en el acuerdo, así como el repliegue del material electoral y la realización célere del cómputo de resultados, con observancia de los procedimientos y garantías establecidos en la legislación electoral.

A la par, se dispuso que los órganos competentes del JNE y los Jurados Electorales Especiales adopten, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las medidas necesarias para asegurar la atención oportuna de las actuaciones jurisdiccionales y administrativas vinculadas con la Segunda Elección Regional – SER 2026, garantizando el debido proceso, la seguridad jurídica y la proclamación oportuna de los resultados electorales. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Publican el “Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores para las Elecciones Regionales y Municipales a celebrarse el 4 de octubre de 2026” y publican que entró en vigor el 1 de octubre del 2026

El Ministerio de Relaciones Exteriores publicó el «Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores para las Elecciones Regionales y Municipales a celebrarse el 4 de octubre de 2026», suscrito el 18 de septiembre del 2026 por el Ministro de Relaciones Exteriores, Alfonso Carlos Espá y Garcés-Alvear, en representación de la República del Perú, y por el Representante de la Oficina de la Secretaría General de la OEA en el Perú, Miguel Ángel Trinidad, en representación de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, y ratificado por Decreto Supremo N.° 044-2026-RE, del 30 de septiembre del 2026.

Además, publicó que dicho acuerdo entró en vigor el 1 de octubre del 2026. Conozca la norma aquí


Lunes 12 de octubre del 2026

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban otorgamiento de subvenciones de hasta por el monto total S/ 1,060,256.11 a favor de beneficiarios con cargo al Presupuesto Institucional 2026 del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas beneficiarias, que se detallan, a ser financiadas con recursos del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE-“Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor, con cargo al Presupuesto Institucional 2026 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto total S/ 1,060,256.11 (Un millón sesenta mil doscientoscincuenta y seis y 11/100 soles); que comprende: S/24,831.42 (Veinticuatro mil ochocientos treinta y uno y 42/100 soles) en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios; S/ 878,956.89 (Ochocientos setenta y ochomil novecientos cincuenta y seis y 89/100 soles) en la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; y, S/ 156,467.80 (Ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete y 80/100 soles) en la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 377-2026-PRODUCE/PROINNÓVATE con la cual se precisa que los montos señalados se otorgan con la finalidad de cofinanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Centro de Servicio Digital (CSD), ii) Dinamización de ecosistemas Regionales (DER2), iii) Desafíos de Innovación de Cadenas de Valor Modalidad A (DICVMA), iv) Emprendimientos Innovadores (EIN), v) MIPYMES de Calidad (IMTEMC), vi) MIPYMES Digitales (IMTEMD), vii) MIPYMES Digitales-Categoría 2 (IMTEMDEC2), viii) MIPYMES de calidad-Industria Naval (MCIN), ix) Programa de Desarrollo de Proveedores - Categoría 1 - Enfoque Circular (PDPC1DEC), x) Innovación Empresarial Individual (PIEC1), xi) Validación de la innovación-Economía Circular (PIEC2EC) y xii) Validación empresarial Individual para Microempresas y Asociaciones (PIMEN). Conozca la norma aquí


OSINERGMIN
Prorrogan por 180 días la vigencia de las medidas transitorias y excepcionales para el reporte de información de inventarios de combustibles líquidos y GLP a Osinergmin

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) amplió la vigencia de las medidas transitorias y excepcionales para el reporte de información de inventarios de combustibles líquidos y GLP a Osinergmin, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 60-2026-OS/CD, por ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del 14 de octubre de 2026.

Dicha prórroga fue dispuesta mediante la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin N° 183-2026-OS/CD con lo cual continuará siendo exigible el reporte digital de información de inventarios de combustibles líquidos y la vinculación del registro
oportuno de inventarios de combustibles líquidos y GLP con la capacidad de generar órdenes de pedido en el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP), sin perjuicio de las demás obligaciones de registro previstas en la normativa vigente. Conozca la norma aquí


Martes 13 de octubre del 2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Formalizan el inicio del proceso de actualización del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030; y, constituyen el Grupo de Trabajo para el Planeamiento Estratégico Sectorial del Sector Economía y Finanzas

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) formalizó el inicio del proceso de actualización del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024 - 2030, mediante la Resolución Ministerial N° 464-2026-EF/41.

A la par, constituyó el “Grupo de Trabajo para el Planeamiento Estratégico Sectorial del Sector Economía y Finanzas”, de naturaleza temporal, adscrito al MEF que estará presidido por el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de dicho portafolio.

Este Grupo de Trabajo se instalará en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la emisión de la citada Resolución Ministerial y tendrá vigencia hasta la aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024 - 2030 Actualizado del Sector Economía y Finanzas. Conozca la norma aquí


INDECI
Aprueban la programación de “Simulación ante un Desastre de Gran Magnitud en el contexto del Fenómeno El Niño 2026-2027”

El Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) aprobó la programación de “Simulación ante un Desastre de Gran Magnitud en el contexto del Fenómeno El Niño 2026-2027”, a ejecutarse entre las 08:00 a 14:00 horas, del 20 de octubre del 2026, mediante la Resolución Jefatural Nº 000293-2026-INDECI/JEF.

A su vez, aprobó el documento “Disposiciones para el desarrollo de la Simulación ante un desastre de gran magnitud en el contexto del Fenómeno El Niño 2026-2027”, la que complementa a la Directiva Nº 004-2025-INDECI/SEC GRAL “Organización Ejecución y Evaluación de los ejercicios de Simulación Nacional ante Desastre de Gran Magnitud y de Simulación Regional Multipeligro para los años 2025-2027, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000031-2025-INDECI/JEFINDECI.

Por ende, se dispuso la publicación del mencionado documento en la sede digital Institucional (www.indeci.gob.pe) y en la Intranet Institucional. Conozca la norma aquí


SUNEDU
Aprueban la “Guía para la adecuación del estatuto, los órganos de gobierno y el licenciamiento de la Universidad Nacional de Arte Ignacio Merino de Piura”

La Superintendenia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) aprobó la "Guía para la adecuación del estatuto, los órganos de gobierno y el licenciamiento de la Universidad Nacional de Arte Ignacio Merino de Piura", mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 0031-2026-SUNEDU.

Por ende, se encarga a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la citada guía en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Sunedu (www.gob.pe/sunedu). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos para la gestión de la disciplina escolar en la Educación Básica”, así como de su exposición de motivos
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano dle lunes 12 de octubre del 2026)

El Ministerio de Educación (Minedu) dispuso la publicación en la sede digital de este portafolio (www.gob.pe/minedu) del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos para la gestión de la disciplina escolar en la Educación Básica”, así como de su exposición de motivos, mediante la Resolución Ministerial Nº 613-2026-MINEDU.

A tono con ello, estableció el plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día siguiente de la publicación de dicha Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, para recibir comentarios, aportes u
opiniones de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general.

A la par, dispuso que los comentarios, aportes u opiniones que se reciban al proyecto normativo señalado sean formulados utilizando el “Formato de comentarios, aportes u opiniones” y sean remitidos a la dirección electrónica convivenciaescolar@minedu.gob.pe.

La Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, se encargará de la recepción, procesamiento, sistematización, evaluación y atención de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten al proyecto normativo. 

Por ende se dispuso también la publicación del proyecto normativo y del referido formato en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Minedu (https://www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí


INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Aprueban los “Lineamientos que establecen reglas especiales de contratación para el desarrollo y preparación de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027 y los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano dle lunes 12 de octubre del 2026)

El Instituto Peruano del Deporte (IPD) aprobó los “Lineamientos que establecen reglas especiales de contratación para el desarrollo y preparación de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027 y los VIII
Juegos Parapanamericanos Lima 2027”, aplicables a los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas Abreviadas y Concursos Públicos Abreviados en el marco de lo establecido en la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Presidencia N° 000149-2026-P/IPD con la cual se establece que “Lineamientos que establecen reglas especiales de contratación para el desarrollo y preparación de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027 y los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027”, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Listado Oficial de Bienes y Servicios Priorizados para la preparación y desarrollo de los citados juegos y la resolución del Presidente del Instituto Peruano del Deporte que lo aprueba, en la sede digital de la entidad.

Por ende, se dispone la publicación de los referidos lineamientos en la sede digital del IPD (www.ipd.gob.pe). Conozca la norma aquí


Miércoles 14 de octubre del 2026

PODER EJECUTIVO
Crean la Comisión Multisectorial de Alto Nivel para recuperar la Seguridad y el Orden Público

El Poder Ejecutivo creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada Comisión Multisectorial de Alto Nivel para Recuperar la Seguridad y el Orden Público “Perú en Orden”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), como espacio permanente de articulación, coordinación y seguimiento político y estratégico de las acciones de respuesta del Poder Ejecutivo orientadas a restablecer y fortalecer el orden interno, así como prevenir, reducir y enfrentar la criminalidad.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo N° 141-2026-PCM con el cual se establece que dicha Comisión Multisectorial, que estará presidida por el Presidente del Consejo de Ministros y que contará con una Secretaría Técnica, tiene por objeto efectuar la supervisión y la coordinación multisectorial, al más alto nivel del Poder Ejecutivo, de las acciones orientadas al cumplimiento del Eje 1 de la Política General de Gobierno 2026-2031; formular propuestas; promover mecanismos de intercambio de información entre entidades públicas y privadas, conforme a la normativa vigente; y efectuar el seguimiento de los avances y acuerdos adoptados.

Las entidades que la integran implementarán, de manera reservada, los acuerdos adoptados en el ámbito de sus respectivas competencias y funciones, evitando la duplicidad de funciones y respetando las competencias de las entidades involucradas. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego participará en el evento denominado “Diálogo Regional de Política: Construyendo sistemas agroalimentarios productivos y resilientes”, a realizarse el 22 de octubre de 2026, en la ciudad de Panamá, República de Panamá

El señor MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego participará en el evento denominado “Diálogo Regional de Política: Construyendo sistemas agroalimentarios productivos y resilientes”, a realizarse el 22 de octubre del 2026, en la ciudad de Panamá, República de Panamá.

El citado evento se realizará como parte de la elaboración del Marco Temático de Seguridad Alimentaria
2027 del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), instrumento que orientará las actividades operativas, el diálogo de políticas y la generación de conocimiento en materia de seguridad alimentaria y nutrición en América Latina y el Caribe y contará con la participación de autoridades gubernamentales y representantes del sector privado, la academia, organismos internacionales y la sociedad civil, con la finalidad de intercambiar experiencias, identificar soluciones de política y generar un espacio para compartir y posicionar las experiencias, avances y prioridades de los países en materia de seguridad alimentaria y sistemas agroalimentarios.

Por ende, el Poder Ejecutivo autorizó el viaje del Titular del citado portafolio a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 21 al 23 de octubre del 2026, mediante la Resolución Suprema N° 294-2026-PCM. Por tanto, se encarga el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor RAFAEL JORGE BELAUNDE
LLOSA, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, en tanto dure la ausencia del Titular. 


PODER EJECUTIVO
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social participará en el 54° período de sesiones del Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (CSA) y actividades complementarias a desarrollarse en la sede de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) en la ciudad de Roma, RepúblicaItaliana

La señora MARITZA IVONNE CANALES MARTINEZ, Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social participará en el 54° período de sesiones del CSA, convocado por la FAO y en las actividades complementarias a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Roma, República Italiana, del 16 al 21 de octubre del 2026, mediante la Resolución Suprema N° 295-2026-PCM.

Por tanto, se encarga el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social al señor VLADIMIRO HUAROC  PORTOCARRERO, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, en tanto dure la ausencia de la Titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en el sector educación”

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó la Norma Técnica denominada “Norma que regula el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, en el sector educación”, mediante la Resolución Viceministerial N° 175-2026-MINEDU.

Por ende, dispuso la publicación de dicha norma técnia en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Minedu (www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Disponen publicación del proyecto de “Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas del Ministerio de Energía y Minas”

El Ministerio de Energía y Minas dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas del Ministerio de Energía y Minas”, y de la Exposición de Motivos que lo sustenta, en
el Portal Institucional de dicho portafolio, mediante la Resolución Miisterial N° 440-2026-MINEM/DM.

De acuerdo con la norma se establece un plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial, con la finalidad de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, así como de la ciudadanía en general.

En ese contexto, se dispone que los comentarios, aportes u opiniones podrán ser presentados a través de la mesa de partes del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en la avenida Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o al correo electrónico: prepublicacionesoadac@minem.gob.pe.

La Oficina de Administración Documentaria y Archivo Central del Ministerio de Energía y Minas se encargará de la consolidación y evaluación de los comentarios, aportes u opiniones que se reciban acerca del proyecto de Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas del Ministerio de Energía y Minas. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Disponen la publicación del proyecto de “Lineamientos que regulan la implementación de las Instancias de Diálogo del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), dispuso la publicación del proyecto de “Lineamientos que regulan la implementación de las Instancias de Diálogo del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Conadis (www.gob.pe/CONADIS).

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Presidencia N° D000193-2026-CONADIS-PRE con la cual se establece un plazo de treinta (30) días hábiles, para recibir aportes, sugerencias o comentarios de la ciudadanía, entidades públicas y organizaciones privadas. Estas deberán remitirse a través de la Mesa de Partes Virtual del Conadis (mesapartes@CONADISperu.gob.pe), la dirección de correo electrónico: derechodeconsulta@CONADISperu.gob.pe, la Plataforma de Consulta Ciudadana en Discapacidad: https://sistemas.CONADISperu.gob.pe/dpdnormativos/.

La Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, se encargará de publicar el plan de consulta, realizar las acciones de difusión, así como de la recepción, sistematización y evaluación de los
aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten con relación al proyecto de “Lineamientos que regulan la implementación de las Instancias de Diálogo del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)". Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Aprueban la Directiva para la implementación de la campaña “Yo construyo sano y seguro”

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la Directiva Nº 005-2026-MTPE/4, Directiva para la implementación de la campaña “Yo construyo sano y seguro”, mediante la Resolución Ministerial Nº 326-2026-TR.

Dicha directiva contempla la participación de los órganos de línea del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Oficina de Descentralización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de las Gerencias y Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, con el propósito de fortalecer aspectos relacionados a medidas para la prevención de los peligros y riesgos que pueden afectar la salud física y mental en el sector construcción frente al alto índice de accidentabilidad en dicho sector, con la finalidad de que los empleadores y los trabajadores, de manera descentralizada a nivel nacional, contribuyan con la prevención de los accidentes de trabajo en el sector construcción, logrando su reducción, así como de enfermedades profesionales.

Por ende, el MTPE dispuso publicar la citada directiva en la sede digital del MTPE (www.gob.pe/mtpe) siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones dle mencionado portafolio. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31614, Nueva Ley del Trabajador Porteador, así como de su exposición de motivos y del citado
reglamento

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la publicación del proyecto de Decreto
Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31614, Nueva Ley del Trabajador Porteador; y de su exposición de motivos, así como del citado reglamento, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mtpe), por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 327-2026-TR con la cual se establece que la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del MTPE es la responsable de la referida publicación.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo y su exposición de motivos, podrán presentarse, con atención a la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo: en la Mesa de Partes de la sede central del MTPE, ubicada en la avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital del MTPE, cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio; o, al correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe.

La Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo será la encargada de recibir,
sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1627, Decreto Legislativo para promover el despliegue de los servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2025-MTC

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1627, Decreto Legislativo para promover el despliegue de los servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2025-MTC, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2026-MTC.

Con las modificaciones que se efectúan a dicha norma reglamentaria se precisan las condiciones aplicables al uso de la tecnología durante la explotación del espectro radioeléctrico asignado mediante el mecanismo especial de asignación, a fin de brindar mayor seguridad jurídica para el cumplimiento de otras obligaciones o compromisos asumidos con el Estado relacionados con la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, conforme a la normativa específica que los regula, promoviendo un aprovechamiento eficiente del espectro radioeléctrico y contribuyendo a la reducción de brechas de conectividad.

Además se incorporan disposiciones reglamentarias específicas respecto de la modificación de los contratos de concesión suscritos al amparo del mecanismo especial de asignación, precisando la competencia de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones del MTC para evaluar, aprobar y suscribir las adendas correspondientes en representación del mencionado portafolio; y se efectúan precisiones adicionales para favorecer la coherencia normativa. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran en emergencia sectorial la infraestructura vial de los Puentes Carrizal, Huarmey, Chao, Huamanzaña y Culebras, ubicados en la carretera Panamericana Norte

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) declaró en emergencia sectorial la infraestructura vial de los Puentes Carrizal, Huarmey, Chao, Huamanzaña y Culebras ubicados en Carretera de la Panamericana Norte, que forman parte del Contrato de Concesión de los Tramos Viales de la Red Vial N° 4: Pativilca-Santa-Trujillo y Salaverry-Empalme R01N, debido a las situaciones de daño o peligro inminente que afectan la referida infraestructura.

La medida fue adoptada mediante la Resolución Ministerial N° 564-2026-MTC/01.02 con la cual se dispone que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, en el marco de sus funciones, adopte las medidas necesarias para garantizar la continuidad y seguridad de la prestación del servicio de transporte público en los Puentes Carrizal, Huarmey, Chao, Huamanzaña y Culebras declarados en emergencia, así como para promover e implementar las acciones orientadas a la ejecución de la solución preventiva o definitiva de la infraestructura afectada, conforme a lo previsto en el inciso 2 del numeral 59.11 del artículo 59° de la Ley N° 32441, Ley que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y el artículo 150° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 316-2025-EF.  Conozca la norma aquí


OSIPTEL
Aprueban publicación del Proyecto de Norma de Interconexión

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó la publicación para comentarios del Proyecto de Norma de Interconexión, mediante la Resolución N° 000132-2026-CD/OSIPTEL.

Para tal efecto estableció un plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir del día siguiente de
la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios sobre el Proyecto de Norma señalado, a través de la Mesa de Partes Virtual del Osiptel, adjuntando un archivo en formato Microsoft Word que se especifica.

La Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales del Osiptel se encargará de las acciones necesarias para publicar, en la sede digital del Osiptel (https://www.gob.pe/osiptel), el Proyecto de Norma, su Exposición de Motivos y el Análisis de Impacto Regulatorio contenido en el Informe N° 000203-2026-DPRC/OSIPTEL.

La Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia del Osiptel se encargará del acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto de Norma, así como de la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Conozca la norma aquí


SUNAT
Disponen publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el Procedimiento Específico “Aplicación de preferencias arancelarias al amparo de los acuerdos comerciales suscritos por el Perú” DESPA-PE.01.39 (versión 1), en la sede digital de la Sunat 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el procedimiento específico “Aplicación de preferencias arancelarias al amparo de los acuerdos comerciales suscritos por el Perú” DESPA-PE.01.39 (versión 1), con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la entidad recaudadora (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recibir los comentarios, aportes
u opiniones de los operadores y del público en general.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Superintendencia N° 000198-2026/SUNAT con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general pueden ser presentados en las unidades de recepción documental de la Sunat o enviados a las siguientes direcciones de correo electrónico: fnunezm@sunat.gob.pe y jvenero@sunat.gob.pe; con indicación del procedimiento observado. La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera se encargará de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí


SUNAT
Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que modifica los anexos II, III y IV de la Resolución de Superintendencia N° 014-2018/SUNAT, Normas para la presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local (Formulario Virtual N° 3560), para incorporar información relacionada con la aplicación de otros métodos de valoración de precios de transferencia, en la sede digital de la Sunat

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica los anexos II, III y IV de la Resolución de Superintendencia N° 014-2018/SUNAT, Normas para la presentación de la Declaración Jurada Informativa Reporte Local (Formulario Virtual N° 3560), para incorporar información relacionada con la aplicación de otros métodos de valoración de precios de transferencia, así como su exposición de motivos, en la sede digital de la entidad recaudadora (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones de los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación y del público en general.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Superintendencia N° 000199-2026/SUNAT con la cual se dispone que los referidos comentarios, aportes u opiniones puedan ser presentados en la Mesa de Partes de la Sunat, ubicada en la Av. Garcilaso de la Vega N° 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat a nivel nacional y en la Mesa de Partes Virtual - SUNAT; o ser enviados a la siguiente  dirección de correo electrónico: gnp@sunat.gob.pe. La Intendencia Nacional de Gestión de Procesos de la Sunat estará a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí


MINISTERIO PÚBLICO
Aprueban la directiva técnica denominada «Actividades del Coordinador Nacional y de los Coordinadores Distritales de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva» en su versión 02

La Fiscalía de la Nación aprobó la directiva técnica denominada «Actividades del Coordinador Nacional y de los Coordinadores Distritales de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva» en su versión 02, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3191-2026-MP-FN.

Por ende, dispuso que la directiva técnica denominada «Actividades del Coordinador Nacional y de los Coordinadores Distritales de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva» en su versión 02, sea de cumplimiento obligatorio para las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, el Coordinador
Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, los Coordinadores Distritales de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, los fiscales de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva y los fiscales de las Fiscalías Provinciales Penales, Penales Corporativas y Mixtas que conozcan casos con detenidos en flagrancia delictiva, en cuanto corresponda.

A la par, se dispuso la notificación de la directiva técnica aprobada a las Fiscalías Supremas, las Presidencias de Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, los Coordinadores Nacionales de las Fiscalías Especializadas a nivel nacional, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, la Escuela del Ministerio Público, la Gerencia General, la Ofi cina General de Finanzas, la Oficina General de Logística, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, la Oficina de Observatorio de Criminalidad, la Oficina de Imagen Institucional y a la Oficina de Modernización, Gestión de la Información y Estadística, para conocimiento y fines pertinentes.

Además, se encarga a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la directiva técnica aprobada en la página web de la institución y en el Portal de Transparencia Estándar; y, a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, en la intranet. Conozca la norma aquí


MINISTERIO PÚBLICO
Aprueban la directiva técnica denominada «Criterios para Determinar la Competencia Material de las Fiscalías de Flagrancia Delictiva y otras Fiscalías de Turno» en su versión 02

La Fiscalía de la Nación aprobó la directiva técnica denominada «Criterios para Determinar la Competencia Material de las Fiscalías de Flagrancia Delictiva y otras Fiscalías de Turno» en su versión 02, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3192-2026-MP-FN.

Por ende, se dispuso que la directiva técnica denominada «Criterios para Determinar la Competencia Material de las Fiscalías de Flagrancia Delictiva y otras Fiscalías de Turno» en su versión 02, sea de cumplimiento obligatorio para las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, los Coordinadores Distritales de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva, los fi scales de las Fiscalías Especializadas en Flagrancia Delictiva y los fiscales de las Fiscalías Provinciales Penales, Penales Corporativas y Mixtas que conozcan casos con detenidos en flagrancia delictiva, en cuanto corresponda.

A su vez, se dispuso la notificación de la directiva técnica aprobada a las Fiscalías Supremas, las Presidencias de Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, los Coordinadores Nacionales de las Fiscalías Especializadas a nivel nacional, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, la Escuela del Ministerio Público, la Gerencia General, la Oficina General de Finanzas, la Oficina General de Logística, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, la Oficina de Observatorio de Criminalidad, la Oficina de Imagen Institucional y a la Oficina de Modernización, Gestión de la Información y Estadística, para conocimiento y fi nes pertinentes.

Además, se encarga a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la directiva técnica aprobada en la página web de la Institución y en el Portal de Transparencia Estándar; y, a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, en la intranet. Conozca la norma aquí


JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
Aprueban el Texto Único Ordenado del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó el Texto Único Ordenado (TUO) de se Reglamento de Procedimientos Disciplinarios, mediante la Resolución N° 604-2026-JNJ.

Dicho TUO tiene por objetivo coadyuvar al correcto ejercicio de la función jurisdiccional, fiscal y contralora, así como de la gestión institucional en la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público.

En ese contexto, establece las normas que regulan el Procedimiento Disciplinario a cargo de la JNJ, según corresponda:

a) Procedimiento Disciplinario que se instaura contra Jueces/Juezas y Fiscales de todos los niveles, especialidades y condición, así como contra los Jefes de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público, que incurran en faltas de carácter disciplinario conforme a las leyes de la materia.
b) Procedimiento Disciplinario que se instaura contra el/la Jefe de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y el/la Jefe del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil que incurran en faltas de carácter disciplinario conforme a las leyes de la materia.

De esa manera se busca investigar las faltas disciplinarias, establecer las responsabilidades que deriven de las mismas y aplicar las sanciones previstas en la norma, a los jueces y fiscales, jefes de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público, así como a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil que hubiesen incurrido en las mismas. Conozca la norma aquí


Jueves 15 de octubre del 2026

PODER EJECUTIVO
El Ministro de Economía y Finanzas integrará la delegación peruana que participará en el roadshow
inPERÚ Nueva York 2026 y reuniones conexas, que se llevarán a cabo del 25 al 28 del octubre de 2026, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América

El señor ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas integrará la delegación peruana que participará en el roadshow inPERÚ Nueva York 2026 y en las reuniones conexas, que se llevarán a cabo del 25 al 28 de octubre del 2026, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 24 al 28 de octubre del 2026, mediante la Resolución Suprema N° 297-2026-PCM

Por tal motivo, se encarga el Despacho de Economía y Finanzas al señor GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ,
Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, en tanto dure la ausencia del Titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Incorporan a las normas nacionales de la Autoridad Marítima Nacional la “Enmienda 42-24 del Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (CódigoIMDG)”, adoptada mediante la Resolución MSC.556(108) del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional

El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, incorporó a las normas nacionales de la Autoridad Marítima Nacional la “Enmienda 42-24 del Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG)”, adoptada mediante la Resolución MSC.556(108) del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, de fecha 23 de mayo del 2024, con eficacia anticipada al 1 de enero del 2026.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución Directoral N° 683-2026 MGP/DICAPI con la cual se deroga la Resolución Directoral N° 292-2020 MGP/DGCG de fecha 17 de setiembre del 2020.

Por ende, se dispone la publicación de la citada enmienda en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe, para fines de conocimiento público. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Modifican el artículo 184° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas para contribuir a la seguridad ciudadana mediante la mejora de los niveles de iluminación del alumbrado público

El Ministerio de Energía y Minas modificó el artículo 184° del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, para contribuir a la seguridad ciudadana
mediante la mejora de los niveles de iluminación del alumbrado público, reduciendo así los riesgos asociados  a la comisión de delitos contra la vida, el cuerpo y la salud de las personas.

La medida fue adoptada mediante el Decreto Supremo Nº 019-2026-EM con la cual se establece que durante el periodo 2026-2030, los proyectos de mejoramiento de los niveles de iluminación por razones de seguridad ciudadana se sujetarán al Procedimiento sobre Costos Adicionales aprobado por el citado ministerio y a la normativa de alumbrado público vigente.

Aquel procedimiento mantendrá su vigencia hasta su modificación o sustitución, sin perjuicio de las
disposiciones que correspondan a los periodos posteriores conforme al artículo 94° de la Ley de Concesiones Eléctricas y a la normativa tarifaria aplicable.

A la par, se establece que para los periodos posteriores a 2030, la definición de las vías priorizadas y de las condiciones específicas de iluminación requeridas para los proyectos de mejoramiento de los niveles de iluminación por razones de seguridad ciudadana se efectuará conforme al artículo 94° del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y a las disposiciones que establezca el Ministerio de Energía y Minas a través de una Resolución Directoral de la Dirección General de Electricidad, a efectos de su
consideración en las fijaciones tarifarias correspondientes. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban 24 Normas Técnicas Peruanas y textos afines en su versión 2026

El Ministerio de la Producción (Produce), a través del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó 24 Normas Técnicas Peruanas y textos afines en su versión 2026, mediante la Resolución Directoral N° 000020-2026-INACAL/DN.

Dichas normas técnicas están referidas a carne y productos cámicos, efectos de la corriente sobre los sereshumanos y los animales domésticos, sistemas de advertencia de tormenta, componentes del sistema deprotección contra el rayo (CSPCR), joyería y orfebrería, así como a métodos de ensayo para cables eléctricos y cables de fibra ópticasometidos a condiciones de fuego.

También se trata de normas técnicas vinculadas a ensayos sobre cables eléctricos y fibra óptica en caso de incendio, papa y sus derivados, esmaltes vítreos y de porcelana, madera para la manufactura de pisosde madera, paneles a base de madera, gestión de sistemas de energía e intercambio de información asociada, seguridad eléctrica en sistemas dedistribución de baja tensión hasta1 000 V c.a. y 1 500 V c.d, microbiología de la cadena alimentaria así como a tecnología de la información. Conozca la norma aquí


OECE
Aprueban publicación del proyecto de “Directiva del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de “Directiva del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital de dicho organismo (www.gob.pe/oece), por el
plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000295-2026-OECE-PRE con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto sean recibidos a través de la Mesa de Partes del OECE, ubicada en la avenida Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1, Jesús María; y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.

A la par, se establece que la Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas sean las encargadas de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten.
Conozca la norma aquí


OECE
Aprueban publicación del proyecto de Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, su anexo, exposición de motivos y proyecto de resolución de aprobación

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE)  aprobó la publicación del proyecto de Directiva del Procedimiento Administrativo Sancionador de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, que incluye su Anexo y su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital de dicho organismo (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000296-2026-OECE-PRE con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado sean recibidos a través de la Mesa de Partes del OECE, ubicada en la avenida Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” Nº 108, Piso 1, Jesús María; y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.

La Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas se encargarán de recibir, sistematizar
y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


OECE
Aprueban publicación del proyecto de Lineamientos para la elaboración del Reglamento Interno a cargo de las Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, su exposición de motivos y el proyecto de resolución de aprobación

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de Lineamientos para la elaboración del Reglamento Interno a cargo de las Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital de dicho organismo (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000297-2026-OECE-PRE con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado sean recibidos a través de la Mesa de Partes del OECE, ubicada en la avenida Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1, Jesús María; y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.

La Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas se encargarán de recibir, sistematizar
y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


OECE
Aprueban publicación del proyecto de Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de Directiva de Supervisión de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, que incluye su Anexo y su correspondiente exposición de motivos, así como el proyecto de Resolución de aprobación, en la sede digital de dicho organismo (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios,
aportes u opiniones.

La medida fue adoptada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000298-2026-OECE-PRE con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto señalado sean recibidos a través de la Mesa de Partes del OECE, ubicada en la avenida Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1, Jesús María; y la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.

La Dirección Técnico Normativa y la Dirección del Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas del OECE se encargarán de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


Viernes 16 de octubre del 2026

Sunarp aprueba reglamento integral para inscribir mandatos y poderes

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro de Mandatos y Poderes (RIMP), que busca uniformizar los criterios de calificación registral, reducir observaciones y ordenar las reglas aplicables a la inscripción de actos de representación voluntaria.

La norma, aprobada mediante la Resolución N.º 00241-2026-SUNARP/SN, entrará en vigencia el 26 de octubre de 2026 y constituye el primer marco reglamentario especializado e integral para este registro, cuya regulación se encontraba dispersa en distintas normas, directivas, lineamientos y precedentes del tribunal registral.

El reglamento consta de 51 artículos y una disposición complementaria final. Entre sus objetivos figura establecer reglas uniformes para la calificación de los títulos y consolidar instrumentos de gestión registral, como el Índice Nacional del Registro de Mandatos y Poderes, cuya consulta será obligatoria.

Asimismo, ordena el régimen de extinción de los mandatos y poderes, incluida la anotación de oficio por fallecimiento del poderdante o mandante, con salvaguarda de los derechos del contratante de buena fe. También delimita el alcance de la inscripción frente a otros registros jurídicos.

Otro aspecto relevante es la facilitación de los trámites para los peruanos residentes en el extranjero, mediante el reconocimiento del parte consular como título inscribible y su presentación electrónica.

Según los fundamentos de la resolución, la ausencia de una regulación integral había dificultado la aplicación uniforme de las reglas registrales y generado respuestas distintas entre oficinas ante supuestos similares. Por ello, el nuevo reglamento busca fortalecer la predictibilidad y la seguridad jurídica en la inscripción de actos de representación.

La Sunarp precisó que la norma desarrolla y complementa las disposiciones de los artículos 2036 al 2038 del Código Civil, sin modificar la legislación vigente ni incorporar nuevas exigencias que generen variaciones de costos para ciudadanos, empresas o la sociedad civil.


Mincetur autoriza viaje de delegación peruana para negociar con EE. UU.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) autorizó el viaje de siete funcionarios y profesionales a Washington D. C., Estados Unidos, para participar en la segunda ronda de negociación Perú-Estados Unidos en materia de comercio recíproco, programada del 19 al 22 de octubre de 2026.

La autorización fue aprobada mediante la Resolución Ministerial N.º 368-2026-MINCETUR, que dispone el desplazamiento de los integrantes de la delegación peruana entre el 18 y el 23 de octubre, según las fechas asignadas a cada participante.

La delegación estará encabezada por José Luis Castillo Mezarina, director general de Negociaciones Comerciales Internacionales y jefe negociador del Perú. También participarán Cristina Isabel Medina Medina, Carlos Javier Rabanal Sobrino, Edgar Martín Moscoso Villacorta, Ingrid Haydee Huapaya Puicón, Verónica Maseda Beaumont y Karina Nicole Tejada Castro, quienes pertenecen a distintas dependencias del sector Comercio Exterior.

Según los considerandos de la resolución, las negociaciones buscan alcanzar entendimientos que permitan mejorar las condiciones de acceso de los productos peruanos al mercado estadounidense, en un contexto marcado por la aplicación de aranceles adicionales por parte de Estados Unidos a diversos países, incluido el Perú.

El proceso se desarrolla entre el Mincetur y la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés). La primera ronda de negociaciones se realizó en agosto de 2025, seguida de reuniones técnicas.

La norma sustenta la autorización en las competencias del Mincetur para dirigir la política de comercio exterior y representar al Perú en negociaciones internacionales, así como en la legislación que regula los viajes al extranjero de funcionarios y servidores públicos.


Mincetur publica proyecto para promover al Perú como destino de producciones audiovisuales

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dispuso la publicación del proyecto de reglamento que desarrolla las funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú) como comisión fílmica nacional, con el objetivo de impulsar el uso del territorio peruano como escenario de producciones cinematográficas y audiovisuales.

La medida se establece mediante la Resolución Ministerial N.º 369-2026-MINCETUR, que ordena difundir el proyecto de decreto supremo y su exposición de motivos en la sede digital del ministerio (www.gob.pe/mincetur), por un plazo de 20 días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Durante ese periodo, las entidades públicas y privadas, las organizaciones de la sociedad civil y las personas naturales interesadas podrán presentar comentarios, aportes y opiniones sobre la propuesta normativa.

Las contribuciones se recibirán a través de la plataforma digital del Mincetur, la mesa de partes ubicada en calle Uno Oeste N.º 050, urbanización Corpac, distrito de San Isidro, Lima, o el correo electrónico facilitacion.turistica@mincetur.gob.pe. La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo estará a cargo de recibir, evaluar, sistematizar y analizar los aportes.

La iniciativa busca precisar y organizar las funciones de Promperú previstas en el numeral 10.3 del artículo 10 de la Ley N.º 32309, que establece incentivos económicos y fiscales para fomentar las actividades cinematográficas y audiovisuales en el país.

La iniciativa, de este modo, busca desarrollar las funciones de Promperú como comisión fílmica. Por ello, el proyecto plantea establecer medidas para facilitar el uso de locaciones nacionales, generar y difundir información especializada, promover el turismo cinematográfico y fortalecer la coordinación entre las entidades públicas y privadas competentes.


Amplían plazo para presentar aportes al reglamento de la nueva Ley del Boleto Turístico

El Ministerio de Cultura amplió por 15 días calendario adicionales el plazo para recibir comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de reglamento de la Ley N.º 32586, Nueva Ley del Boleto Turístico, con el propósito de promover una mayor participación de las entidades públicas, organizaciones privadas y ciudadanía en la elaboración de esta propuesta normativa.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución Ministerial N.º 000378-2026-MC, que establece que el plazo adicional se contabilizará desde el día siguiente de la culminación del período inicialmente otorgado, hasta completar un total de 30 días calendario.

Los interesados podrán presentar sus aportes durante el plazo ampliado a través de la mesa de partes física o virtual del Ministerio de Cultura, así como mediante el correo electrónico institucional reglamentoley32586@cultura.gob.pe. Se mantienen los canales de recepción establecidos en la Resolución Ministerial N.º 000350-2026-MC.

La Ley N.º 32586 tiene por objeto crear el boleto turístico y establecer su régimen de gestión en cada departamento del país. Busca incentivar las visitas a monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de propiedad pública y administrados por el Ministerio de Cultura, que formen parte de rutas, circuitos y corredores turísticos.

Asimismo, la norma promueve la conservación y el acondicionamiento turístico de estos espacios. La ampliación permitirá recoger aportes que contribuyan al perfeccionamiento del reglamento y a su adecuada implementación, atendiendo las particularidades y necesidades de los distintos territorios.


Sábado 17 de octubre del 2026

Cultura: Declaran patrimonio cultural 63 bienes arqueológicos repatriados

El Ministerio de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación a 63 bienes culturales muebles de carácter arqueológico, repatriados de Alemania, Reino Unido, Estados Unidos de América, Suiza, Países Bajos y Canadá.

La medida se oficializó mediante la Resolución Viceministerial N.° 000293-2026-VMPCIC/MC, la cual señala que los bienes culturales están agrupados en 52 fichas de inscripción.

Además, precisa que la decisión de reconocimiento se adoptó a partir de los informes técnicos de la Dirección General de Museos y de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles.

La Dirección General de Museos emitió opinión técnica favorable para la declaración, luego de desarrollar la importancia, el valor y el significado de los bienes arqueológicos repatriados. La resolución precisa que estos objetos son propiedad del Ministerio de Cultura. Conozca la norma aquí.


Minjusdh: aprueban reglamento de organización de la Sunadep

La Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia de Defensa Pública y Acceso a la Justicia (Sunadep) aprobó el Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Supremo N.° 015-2026-JUS.

La norma establece que este instrumento de gestión organizacional consta de tres títulos, cinco capítulos y 31 artículos. 

Su aprobación se enmarca en la creación de la Sunadep como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), con autonomía funcional, administrativa y económica, y personería jurídica de derecho público interno.

La entidad tiene como finalidad promover, ejecutar y supervisar los servicios de defensa pública y acceso a la justicia en el ámbito nacional.

El decreto supremo dispone que el titular de la Sunadep apruebe la Sección Segunda del ROF mediante resolución, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contado desde el día siguiente de la publicación de la norma. Conozca la norma aquí.


SMV: publican Código de Buen Gobierno Corporativo y Sostenibilidad para las Sociedades Peruanas

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) publicó el Código de Buen Gobierno Corporativo y Sostenibilidad para las Sociedades Peruanas que tiene como finalidad promover una cultura de gobernanza ética, transparente y responsable que contribuya de manera efectiva a la sostenibilidad, competitividad y resiliencia de las sociedades peruanas. 

Sus principios buscan fortalecer la confianza de inversionistas, acreedores y demás grupos de interés, así como facilitar el acceso al financiamiento, impulsar la innovación organizacional y fomentar el desarrollo empresarial a largo plazo. 

Los principios contenidos en el código son de adhesión voluntaria y se fundamentan en la autorregulación informada, manteniendo la lógica del modelo “cumplir o explicar” (comply or explain), ampliamente aceptado en la región y en los mercados de capitales más desarrollados. 

El Código se estructura en 42 principios agrupados en cinco pilares fundamentales: Pilar I: Los accionistas; Pilar II: El Directorio y la Alta Gerencia; Pilar III: Sostenibilidad; Pilar IV: Riesgo y cumplimiento; y Pilar V: Transparencia de la información. 

Asimismo, incluye cuatro Anexos de principios complementarios, dirigidos a realidades empresariales específicas: Anexo A: Empresas del Estado (EPE); Anexo B: Empresas familiares; Anexo C: Grupos Económicos; y Anexo D: Startups. 

Estos anexos no constituyen códigos especializados ni integrales para tales tipos de empresas, sino que recogen consideraciones adicionales que deben ser evaluadas a la luz de sus características y condiciones particulares, aclara la SMV. Conozca la norma aquí.


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