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¿Eres pescador o acuicultor? Conoce cómo reducir tus multas y acceder a facilidades de pago

Pescadores y acuicultores pueden reducir hasta en 50 % sus multas y acceder a facilidades de pago


 La medida, impulsada por el Ministerio de la Producción (PRODUCE), responde a una de las demandas recogidas durante las jornadas de diálogo con los agentes del sector y busca facilitar el cumplimiento de sus obligaciones en el contexto de emergencia por los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027.

El beneficio establece una reducción del 50 % para las multas impuestas en el periodo comprendido entre marzo de 2019 y diciembre de 2021, y del 40 % para las multas de los demás periodos. En términos prácticos, los beneficiarios pagarán el 50 % o el 60 % de la deuda total, respectivamente, de acuerdo con las condiciones establecidas en la norma.

La deuda total comprende la multa, los intereses, las costas y los gastos generados en el procedimiento sancionador y de ejecución coactiva, cuando corresponda.

Además, los administrados pueden solicitar el aplazamiento del pago por hasta seis meses o el aplazamiento con fraccionamiento en un máximo de 12 cuotas mensuales. La modalidad aplicable dependerá de la solicitud presentada y de las condiciones previstas en el decreto.

“Queremos que los pescadores y acuicultores conozcan las alternativas que tienen a su alcance para regularizar sus obligaciones. Este régimen les permite reducir sus multas y acceder a facilidades de pago, con condiciones establecidas en la norma para que puedan evaluar su situación y realizar el trámite correspondiente”, señaló el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos.

¿Quiénes pueden acogerse y dónde presentar la solicitud?

El régimen comprende multas impuestas por PRODUCE y por la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura (SANIPES), dentro de sus respectivas competencias, que se encuentren pendientes de pago, dentro del plazo de impugnación, impugnadas en vía administrativa o judicial, o en ejecución coactiva, entre otros supuestos contemplados en el decreto.

Para acogerse, las personas naturales o jurídicas deben presentar su solicitud ante la Dirección de Sanciones de PRODUCE o la Dirección de Sanciones de SANIPES, según la entidad que impuso la multa. La documentación exigida depende del estado de la sanción.

Entre los requisitos principales se encuentran el reconocimiento por escrito de la infracción y la identificación de la resolución directoral de sanción o de fraccionamiento correspondiente. Cuando la multa haya sido impugnada, el administrado deberá presentar el desistimiento del recurso administrativo o de la demanda judicial, según corresponda y conforme a las condiciones establecidas en la norma.

El procedimiento contempla un plazo máximo de 30 días hábiles para que la entidad competente emita su pronunciamiento, contado desde la recepción de la solicitud. Los administrados pueden consultar los requisitos y descargar el formato correspondiente a través de los canales oficiales de PRODUCE y SANIPES. El plazo para acogerse está vinculado al periodo de 120 días calendario de emergencia de los subsectores Pesca y Acuicultura, declarado mediante el Decreto Supremo N° 012-2026-PRODUCE.

“Es fundamental que los administrados revisen los requisitos, identifiquen la resolución que contiene su sanción y presenten la documentación que corresponda. También deben cumplir las condiciones de pago aprobadas, porque el incumplimiento de dos cuotas, consecutivas o alternadas, puede ocasionar la pérdida de las facilidades otorgadas y la exigibilidad de la deuda pendiente”, precisó el viceministro.

El régimen también comprende las multas que se emitan como resultado de procedimientos administrativos sancionadores que se encuentren en trámite durante su vigencia y que estén relacionadas con infracciones en los subsectores Pesca y Acuicultura, conforme a las condiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 013-2026-PRODUCE.

Cabe señalar que el acogimiento no genera un nuevo descuento sobre multas que ya fueron objeto de una reducción ni permite acumular beneficios de reducción previstos en otros regímenes excepcionales. Sin embargo, quienes mantengan un fraccionamiento vigente bajo los decretos supremos N° 020-2024-PRODUCE o N° 005-2026-PRODUCE pueden solicitar el aplazamiento de sus cuotas pendientes por hasta seis meses, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la norma y no hayan perdido las facilidades de pago otorgadas.

Con esta medida, PRODUCE facilita a los agentes pesqueros y acuícolas alternativas para regularizar sus obligaciones administrativas, reducir el monto de sus deudas y acceder a condiciones de pago previstas en la normativa vigente.