Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
JUEVES 29
de octubre de 2026
Derecho
DERECHO
Impuesto Predial: establecen requisitos para deducir 50 UIT por discapacidad severa
Mediante el Decreto Supremo N.º 226-2026-EF.
Para acceder a este beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:
Acreditar la discapacidad severa. Contar con un certificado de discapacidad que consigne ese nivel de gravedad, emitido por un establecimiento de salud autorizado del Ministerio de Salud, los gobiernos regionales o locales, EsSalud, las sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) o un establecimiento privado autorizado, según la normativa sanitaria vigente.
Cumplir el requisito de única propiedad. Se considera cumplido cuando, además de la vivienda, la persona con discapacidad severa posee otra unidad inmobiliaria destinada a cochera.
Destinar el predio a vivienda. El inmueble debe utilizarse como vivienda del beneficiario. El uso parcial con fines productivos, comerciales o profesionales, autorizado por la municipalidad correspondiente, no impide aplicar la deducción.
Respetar el límite de ingresos. Los ingresos brutos mensuales de la persona con discapacidad severa o de la sociedad conyugal no deben superar una UIT.