Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
JUEVES 29
de octubre de 2026
Derecho
DERECHO
El Niño: las pymes deben sustentar daños y verificar qué facilidades tributarias pueden aplicar
Emergencia climática y fiscal
Rocío Lingán
CEO de Superávit Gestión Empresarial
Según un reporte del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) difundido en 2025, el 83 % de las empresas adoptó medidas preventivas frente al Fenómeno El Niño. Sin embargo, la preparación no elimina todos los riesgos. Para las pymes con liquidez limitada, no sustentar adecuadamente las pérdidas de mercadería o descuidar sus obligaciones tributarias puede añadir dificultades en un momento crítico.
Uno de los principales desafíos es documentar el deterioro de inventarios por inundaciones o cortes de energía. En restaurantes y otros negocios que trabajan con productos perecibles, los reportes de almacén, los controles de temperatura y las constancias de interrupción eléctrica pueden ayudar a sustentar qué productos fueron afectados. Mantener evidencia ordenada facilita la revisión contable y tributaria posterior.
También es importante proteger la información contable. Si las lluvias ocasionan la pérdida de libros o comprobantes, la empresa debe revisar los procedimientos y plazos aplicables para comunicar el hecho y reconstruir la documentación. Cuando se compran insumos a pequeños productores sin RUC, corresponde verificar si procede emitir una liquidación de compra electrónica.
Además de documentar los daños, las empresas deben revisar las facilidades tributarias que la SUNAT ha dispuesto para determinados contribuyentes ubicados en zonas declaradas en estado de emergencia por desastres naturales. Estas medidas contemplan la prórroga de determinados vencimientos para presentar declaraciones y efectuar pagos, así como disposiciones especiales aplicables a ciertas cuotas de fraccionamiento o refinanciamiento. Según la normativa correspondiente, también pueden considerarse facilidades para los plazos de atraso de registros electrónicos y medidas relacionadas con fondos de detracciones.
Para saber si pueden acogerse a estas facilidades, los contribuyentes deben verificar que su domicilio fiscal y sus obligaciones estén comprendidos en las disposiciones aplicables, así como revisar las fechas y condiciones establecidas. La SUNAT ha indicado que se debe consultar el cronograma personalizado de obligaciones, a través de sus canales oficiales y de la opción «Reporte Personalizado» en SUNAT Operaciones en Línea, antes de decidir postergar una declaración o un pago.
Es importante tener presente que una prórroga no equivale a una condonación general de deudas anteriores, multas o intereses. Tampoco significa que todas las obligaciones tributarias queden automáticamente aplazadas. En el caso de fraccionamientos y refinanciamientos, cada contribuyente debe confirmar qué cuotas u obligaciones están comprendidas en la medida que le resulte aplicable.
Otro aspecto clave es distinguir entre las reparaciones necesarias para reanudar las actividades y las mejoras que incrementan el valor o la vida útil de un activo, pues su tratamiento contable y tributario puede ser diferente. Asimismo, las indemnizaciones de seguros requieren revisar sus condiciones y efectos fiscales.
Una declaratoria de emergencia no elimina automáticamente las obligaciones tributarias. Por ello, la prevención debe formar parte de los planes de continuidad empresarial: respaldar los registros, documentar los daños, ordenar los comprobantes y revisar oportunamente las facilidades tributarias disponibles permite afrontar la recuperación con mayor claridad y reducir el riesgo de que una crisis climática se convierta también en una contingencia fiscal.