Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
MARTES 3
de noviembre de 2026
Derecho
DERECHO
El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, martes 03 de noviembre del 2026
Aprueban Cuenta General de la República 2025 y establecen medidas de control
El Poder Ejecutivo publicó la Ley N.º 32746 que aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al ejercicio fiscal 2025, presentada por el Poder Ejecutivo, auditada por la Contraloría General de la República y dictaminada por la comisión bicameral competente del Congreso.
La norma precisa que esta aprobación no implica conformidad con la gestión de las entidades públicas, tampoco convalida sus actos administrativos ni las exime de responsabilidades administrativas, civiles o penales que determinen los órganos competentes. Asimismo, no limita las posteriores acciones de fiscalización del Congreso.
Entre las medidas dispuestas, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) presente, en un plazo máximo de 30 días calendario, un plan para implementar las recomendaciones formuladas por la Contraloría en la auditoría de la Cuenta General 2025. Este documento deberá identificar a las entidades responsables, las acciones correctivas, los plazos y las evidencias de cumplimiento.
El MEF también informará trimestralmente sobre los avances y publicará una matriz de seguimiento. Además, deberá elaborar un diagnóstico de las observaciones correspondientes al periodo 2013-2025.
La ley dispone, asimismo, la creación del Inventario Nacional de Obras Públicas Paralizadas, a cargo del MEF, cuya publicación deberá efectuarse hasta el 30 de junio de 2027 y actualizarse cada tres meses. Las entidades responsables deberán reportar la situación de las obras, sus causas de paralización y las medidas previstas para reactivarlas.
Finalmente, autoriza el suministro de información tributaria agregada y anonimizada a la Contraloría, bajo garantías de reserva y confidencialidad. La negativa o demora injustificada en su entrega constituye infracción grave.
Estado de emergencia se prorroga por 60 días en zonas de tres regiones
El Poder Ejecutivo prorrogó por 60 días calendario, desde el 5 de noviembre de 2026, el estado de emergencia en diversos distritos de Junín, Cusco y Ayacucho, con el propósito de combatir el tráfico ilícito de drogas, otros delitos conexos y situaciones de violencia.
La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 146-2026-PCM, que amplía la declaratoria dispuesta por el Decreto Supremo N.° 125-2026-PCM.
En Junín, la prórroga comprende los distritos de Pangoa y Río Tambo, en la provincia de Satipo. En Cusco, abarca Megantoni, Kumpirushiato, Echarate, Villa Virgen, Villa Kintiarina, Manitea, Kimbiri y Cielo Punco, en la provincia de La Convención. En Ayacucho, comprende Ayna, Santa Rosa, Anchihuay, Río Magdalena, Samugari, Anco y Unión Progreso, en la provincia de La Mar.
Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas. Asimismo, se restringirá o suspenderá el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, conforme al artículo 137 de la Constitución.
La norma también dispone la conformación, dentro de las 24 horas de su entrada en vigencia, del Comando Unificado PNP-FF. AA. contra el Crimen Organizado, como fuerza de tareas integrada de carácter temporal, funcional y focalizado.
Este comando tendrá a su cargo fortalecer las capacidades operativas y estratégicas de la PNP, así como planificar y ejecutar acciones conjuntas para combatir la criminalidad organizada, recuperar el control territorial y restablecer el orden interno.
Su conducción operativa estará a cargo de la Policía Nacional, mientras que las Fuerzas Armadas brindarán apoyo en inteligencia, logística, transporte y tecnología de vigilancia y comunicaciones.
La intervención de ambas instituciones deberá sujetarse a las normas que regulan el uso de la fuerza y los protocolos de actuación conjunta, con respeto de las garantías del debido proceso.
Prorrogan por 60 días el estado de emergencia en ocho zonas de Piura
El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en distritos y provincias del departamento de Piura, con el propósito de continuar las acciones destinadas a enfrentar la criminalidad y otras situaciones de violencia.
La medida, establecida mediante el Decreto Supremo Nº 147-2026-PCM, rige desde el 5 de noviembre de 2026 y comprende los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre y Catacaos, en la provincia de Piura; Sullana y Bellavista, en la provincia de Sullana; así como las provincias de Paita y Talara.
Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas (FF. AA.). La institución policial determinará las zonas de intervención sobre la base de información de inteligencia, indicadores, estadísticas y mapas del delito, entre otros instrumentos.
Asimismo, se mantendrá la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
El decreto precisa que las intervenciones policiales y militares se realizarán conforme a las normas que regulan el uso de la fuerza y los protocolos de actuación aplicables.
Coordinación operativa
La disposición mantiene vigente la conformación del Comando de Coordinación Operativa Unificada y del Comando Unificado PNP-FF. AA. contra el Crimen Organizado, además de los comités de coordinación, inteligencia, fiscalización y comunicación estratégica.
Este último comando estará dirigido operativamente por la PNP, con apoyo militar en inteligencia, logística, transporte y tecnología de vigilancia.
Al término de la prórroga, el comando operativo presentará un informe final al Ministerio del Interior, dentro de los cinco días hábiles siguientes, para su elevación a la Presidencia de la República.
Prorrogan por 60 días el estado de emergencia en cinco penales de alta peligrosidad
El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia declarado en cinco establecimientos penitenciarios de alta peligrosidad a nivel nacional, debido a la persistencia de la perturbación de la paz y el orden interno.
La medida fue dispuesta mediante el Decreto Supremo Nº 148-2026-PCM, que establece que la ampliación regirá a partir del 5 de noviembre de 2026, en los penales de Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones, bajo la administración del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
El régimen de excepción comprende también el perímetro exterior de cada establecimiento penitenciario, hasta un radio de 200 metros desde sus límites. Durante este periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
La norma establece la restricción o suspensión de los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito, libertad de reunión y libertad y seguridad personales para quienes ingresen a los establecimientos penitenciarios o transiten por sus perímetros de seguridad.
En tanto, el INPE conservará la administración y custodia de los recintos. La PNP, con apoyo militar, ejecutará operativos permanentes para garantizar la seguridad, controlar los accesos y proteger las áreas de intangibilidad.
Entre las intervenciones previstas figuran la incautación de tarjetas SIM, teléfonos celulares, armas blancas y otros artículos prohibidos, en coordinación con el Grupo de Operaciones Especiales del INPE. Asimismo, se realizarán acciones de inteligencia para prevenir fugas, alteraciones del orden y actividades delictivas.
La disposición precisa que estas intervenciones deberán respetar los principios de legalidad, unidad de acción, necesidad y proporcionalidad, así como los derechos fundamentales.
Además, las medidas aplicables a la población penitenciaria se sujetarán al Código de Ejecución Penal y su reglamento, sin afectar los derechos a la vida, integridad personal, salud, defensa y debido proceso.
Finalmente, la PNP deberá presentar al ministro del Interior, dentro de los cinco días hábiles posteriores al término de la prórroga, un informe detallado sobre las acciones ejecutadas y sus resultados.
Ministerio de Cultura reconoce a Rómulo “Ronny” Zuzunaga como Personalidad Meritoria de la Cultura
El Ministerio de Cultura otorgó la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a Rómulo Jorge Zuzunaga Filinich, conocido artísticamente como Rómulo “Ronny” Zuzunaga, en reconocimiento a su trayectoria de más de cuatro décadas como cantautor y gestor cultural, así como a su contribución a la preservación, salvaguardia y difusión de la música criolla peruana.
La distinción fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 000403-2026-MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano, que destaca su labor en la interpretación musical y la gestión cultural en medios de comunicación.
Entre sus principales aportes figura su trabajo como conductor y productor de programas radiales de amplia difusión en el Grupo RPP, donde dirigió espacios como “Noches de Sábado”, “De la noche a la mañana” y “Sabadomingo”, entre 2008 y 2013.
Asimismo, entre 2001 y 2007, se desempeñó como director y productor del programa “Clase Criolla”, transmitido por Radio Nacional del Perú. Desde ese espacio promovió proyectos de emisión descentralizada en diversas regiones, entre ellas Ayacucho, Arequipa, Cajamarca, Huancayo, Piura y Chiclayo.
La resolución también resalta que, desde 2008, Zuzunaga ha desarrollado actividades de producción y asesoría artística, contribuyendo a la promoción, difusión y puesta en valor de las expresiones musicales y culturales del país.
El reconocimiento se sustenta en la evaluación de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, que emitió opinión favorable sobre su otorgamiento de oficio, conforme a la normativa que regula las distinciones del Ministerio de Cultura.
Carnaval T’ika Orqo Sillarumi es declarado Patrimonio Cultural de la Nación
El Ministerio de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación al Carnaval T’ika Orqo Sillarumi, manifestación cultural vigente en 12 comunidades campesinas del distrito de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, por su valor ritual, festivo y social, así como por su vinculación con el ciclo agrícola y ganadero de la zona.
La medida fue oficializada mediante la Resolución Viceministerial N.° 000313-2026-VMPCIC/MC, que reconoce esta expresión como un complejo sistema ritual y festivo que articula dimensiones espirituales, productivas y sociales, a través de relaciones de reciprocidad entre las personas, los apus tutelares y la Pachamama.
Según el sustento técnico de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, esta celebración mantiene una estrecha correspondencia con el poqoy pacha, periodo del ciclo agrícola y ganadero, y con el t’ika o florecimiento pleno de los jóvenes.
La manifestación cultural se desarrolla en las comunidades campesinas de Huancuire, Anta Anta, Patario, Huaraccoyo, Queuña, Chontahuillque, Choccoyo, Llamahuire, Cuchuhuacho, Tambulla, Lahuani y Pararani.
La resolución también establece medidas para el seguimiento y la salvaguardia de esta expresión cultural. Para ello, encarga a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Apurímac y a la comunidad de portadores la elaboración de un informe detallado cada cinco años sobre su estado de conservación.
Este documento permitirá actualizar el registro institucional respecto de los cambios producidos en la manifestación, los posibles riesgos para su continuidad y otros aspectos relevantes para garantizar su salvaguardia.
La declaratoria se sustenta en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y las disposiciones que reconocen las expresiones, celebraciones, rituales y saberes tradicionales transmitidos de generación en generación como parte de la identidad cultural de las comunidades.