País
La normativa establece disposiciones de cumplimiento obligatorio para el Indeci, los gobiernos regionales y locales, de acuerdo con sus competencias, con el propósito de optimizar la gestión de los bienes de ayuda humanitaria (BAH) y garantizar su disponibilidad para atender oportunamente a la población damnificada y afectada por las emergencias y desastres.
Se dispone, por ejemplo, que las entidades planifiquen anticipadamente la adquisición de bienes alimentarios y no alimentarios, considerando los escenarios de riesgo, las estadísticas de emergencias anteriores y los niveles mínimos de abastecimiento. Asimismo, dispone condiciones técnicas para el almacenamiento, la conservación y el control de los productos a fin de garantizar su calidad e inocuidad.
Respecto a la distribución, se precisan las responsabilidades de cada nivel de gobierno según el nivel de emergencia. De esta manera, los gobiernos locales, provinciales y regionales deben atender a la población dentro de sus competencias y solicitar apoyo al nivel superior cuando su capacidad de respuesta sea superada.

La normativa también establece que la entrega de bienes de ayuda humanitaria es gratuita y debe priorizar a las poblaciones vulnerables, como niñas, niños, adultos mayores, gestantes y personas con discapacidad.
Dispone además que los beneficiarios estén identificados mediante la evaluación de daños y análisis de necesidades (EDAN) y registrados en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (Sinpad) con el fin de garantizar la transparencia y la trazabilidad de la asistencia.
En el marco de sus competencias, el Indeci brindará asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales para fortalecer sus capacidades en adquisición, almacenamiento y distribución de los bienes, así como promoverá la implementación de almacenes y un adecuado abastecimiento en todo el territorio nacional.
Lea también en El Peruano