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DOMINGO 8
de noviembre de 2026
Política
Gobierno regula la participación de las FF. AA. en el refuerzo de la seguridad externa de los penales
A través del Decreto Legislativo 1742, se detallan las acciones que podrán realizar las FFAA, entre ellas, ejecutar labores de vigilancia e inteligencia en las zonas de influencia de los establecimientos penitenciarios.
Mediante el Decreto Legislativo 1742, publicado este domingo en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se detallan las acciones que podrá realizar el personal militar, en coordinación y apoyo con la Policía Nacional del Perú (PNP) y el INPE, para reforzar la seguridad externa de los penales, entre ellas, establecer anillos de seguridad y ejecutar labores de vigilancia, patrullaje e inteligencia.
Esta disposición legal faculta la actuación de las Fuerzas Armadas en los establecimientos penitenciarios declarados en estado de emergencia. De esta manera, el personal militar puede establecer y mantener anillos de seguridad, así como ejecutar acciones de vigilancia, protección y control del perímetro exterior, las vías de acceso y los puntos críticos externos de los establecimientos penitenciarios.
También se establece que mediante labores de vigilancia, reconocimiento e inteligencia y en coordinación con las autoridades competentes, el personal militar podrá identificar, evaluar y prevenir riesgos o amenazas contra la seguridad externa de los establecimientos penitenciarios.
Otra de las facultades contempladas es que las FFAA podrán operar inhibidores y detectores de señales radioeléctricas de telecomunicaciones. Asimismo, brindarán soporte en las acciones de detección y desmontaje de antenas, repetidores y otros equipos de telecomunicaciones no autorizados, en coordinación con la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Además, el personal militar podrá participar en el control, revisión y registro del ingreso de visitantes, proveedores y personal penitenciario a los establecimientos penitenciarios.
La publicación de este primer decreto legislativo se produce tras la prórroga por 60 días del estado de emergencia en cinco establecimientos penitenciarios: Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones, y como parte de las acciones desplegadas para recuperar el control y el orden en los penales del país.
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