• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
A Essalud por un período de ocho meses

Suspenden afiliación de los trabajadores independientes

Aseguran que no se afectará atención para aquellos que cuenten con cobertura vigente.

La medida obedece a los problemas que presenta dicha modalidad de seguro, principalmente relacionados con su siniestralidad, gestión operativa y administrativa, detalla la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 30-GCSPE-Essalud-2015, que impone esta decisión.

Por lo tanto, durante este período de suspensión se procederá al desarrollo de estudios orientados a replantear la configuración del Seguro Essalud Independiente en lo que se refiere a la prima y planes de seguros.

Todo ello, sin afectar la atención de salud a los afiliados con anterioridad que cuenten con cobertura vigente, añade la norma.

En la misma resolución, además, se encarga a la gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado realizar las acciones orientadas al cumplimiento de lo dispuesto en este caso por Essalud.

Antecedentes

El Seguro Essalud Independiente fue aprobado mediante el Acuerdo de Consejo Directivo N° 36-13-Essalud-2010, el 13 de julio de 2010, y está dirigido a los trabajadores y profesionales independientes y personas que voluntariamente deseen afiliarse, así como a sus derechohabientes.

En dicho acuerdo se faculta a la gerencia central de Aseguramiento, hoy gerencia central de Seguros y Prestaciones Económicas, para que, entre otras acciones, dicte las disposiciones y procedimientos que se requieran.

Con esas facultades y ante los problemas detectados en la citada modalidad de seguro es que dicha gerencia decidió suspender temporalmente la afiliación a esta.

De acuerdo con la nueva estructura orgánica de Essalud, compete a la mencionada gerencia formular, proponer, supervisar y evaluar las políticas, normas y estrategias para la afiliación, planes de seguros, control y auditoría de los seguros del régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud.

Compete también a este órgano de línea de la gerencia general de Essalud diseñar, investigar y desarrollar productos y planes de seguros; proponer mejoras a los productos existentes; realizar estudios técnicos, económicos, actuariales y financieros relativos al comportamiento de los seguros y su impacto en la sostenibilidad financiera institucional.

Prestación de maternidad

La prestación de maternidad consiste en el cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al período de puerperio y al cuidado del recién nacido hasta el alta hospitalaria o término del período de cinco días posteriores al nacimiento, lo que ocurra primero, señaló, además, esta entidad con la Resolución N° 32-GCSPE-Essalud-2015, de la gerencia central de Seguros y Prestaciones Económicas. Añade que para preservar la vida y salud del recién nacido, en caso no sea dado de alta en cinco días posteriores a su nacimiento y requiera atenciones de salud, los centros asistenciales de Essalud deberán transferirlo a los lugares de salud con cobertura del SIS; en caso contrario, seguirán brindándole las atenciones, las que serán facturadas al padre del recién nacido o al afiliado titular o al SIS, según corresponda.

Acciones

Mediante la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 034-GCAS-Essalud-2011, modificada por la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 030-GCAS Essalud-2013, se aprobó la cobertura por maternidad.

Essalud, al precisar el contenido de la prestación de la maternidad, tiene por objetivo preservar la utilización adecuada de los fondos a cargo de la institución.