Derecho
El Poder Ejecutivo aprobó la alícuota para la determinación del aporte por regulación aplicable a las entidades bajo supervisión del Osinergmin en el sector energético para el 2020, 2021 y 2022, mediante Decreto Supremo N° 199-2019-PCM.
La alícuota de la contribución Aporte por Regulación de los concesionarios de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica se calculará sobre el valor de su facturación mensual anotadas en el Registro de Ventas e Ingresos, correspondiente a las operaciones con terceros relacionadas con la actividad normada, regulada, supervisada o fiscalizada, deducido el IGV y el impuesto de promoción municipal (IPM), aplicando el 0.51%, 0.49% y 0.47% para el 2020, 2021 y 2022, respectivamente.
En tanto que la alícuota de la contribución Aporte por Regulación de las entidades y empresas del subsector hidrocarburos que desarrollan actividades de importación y/o producción de combustibles, incluyendo gas licuado de petróleo y gas natural, se calculará sobre el valor de su facturación mensual anotada en el Registro de Ventas e Ingresos, deducido el IGV y el IPM, aplicando el 0.36% para el 2020 y 0.35% para el 2021 y 2022, detalla la norma.