Derecho
El documento, aprobado mediante la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP, es de alcance nacional a todas las entidades de la administración pública incluidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Medición
La norma crea el Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, como la herramienta que permitirá medir la adecuación de las instituciones estatales al estándar de integridad mediante el desarrollo de los componentes y subcomponentes del modelo para evidenciar las brechas y oportunidades de mejora en su implementación.
Para tal fin, detalla, la Secretaría de Integridad Pública, con el apoyo de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, habilitará la herramienta informática correspondiente.
La Directiva N° 002-2021-PCM/SIP establece que el fortalecimiento de una cultura de integridad incluirá las siguientes etapas: I) Planificación, II) Desarrollo de los componentes del modelo de integridad y III) Seguimiento.
La primera fase consta del desarrollo de dos actividades, las cuales permitirán identificar el grado de desarrollo del modelo de integridad en la entidad: Diagnóstico del desarrollo del modelo de integridad y Elaboración del programa de integridad.
En la segunda etapa se pondrán en marcha nueve componentes del modelo de integridad, a fin de cumplir con el programa de integridad, de acuerdo con el cronograma de trabajo.
La tercera fase, de seguimiento, precisa el desarrollo de una actividad –Retroalimentar el proceso para la mejora continua– a fin de determinar que los componentes y subcomponentes establecidos se ejecuten de forma adecuada, señala la disposición.
Conducta del personal
La Directiva N° 002-2021-PCM/SIP precisa que los funcionarios, servidores y los que desempeñan la función pública, independientemente del régimen laboral o contractual en los que se encuentren, deberán mantener una serie de conductas en sus puestos de trabajo. Por ejemplo, los trabajadores observarán un desempeño ético alineado a los valores y objetivos institucionales y a los principios que orientan la integridad pública; así como a los principios, deberes y prohibiciones de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, agrega la norma.
El personal, señala, comunicará también al órgano que ejerza la función de integridad “cualquier hecho que configure un posible acto de corrupción en la administración pública o que transgrede las normas éticas previstas en la Ley del Código de Ética de la Función Pública”.
• Ejecutivo fortalecerá cultura de integridad en entidades
?? ¡Buenos días! ?????? Esta es la portada de hoy, viernes 2 de julio, del Diario Oficial El Peruano.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) July 2, 2021
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