• SÁBADO 4
  • de julio de 2026

Derecho

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Turismo náutico: ley busca impulsar desarrollo de actividades en el mar, ríos y lagos

Reconoce su rol como motor para la atracción de visitantes, la programación de competencias internacionales y la dinamización del sector.

Además, la norma fomentará el desarrollo de actividades deportivas náuticas en el contexto del turismo, reconociendo su rol como motor para la atracción de visitantes, la realización de eventos internacionales y la dinamización del sector turismo, sin perjuicio de las competencias del Instituto Peruano del Deporte (IPD) y de la regulación específica del deporte.

Las disposiciones de la ley se enmarcan en los principios de la Nueva Ley General de Turismo y se aplicarán respetando las competencias atribuidas a cada sector por su normativa de organización y funciones, aclara.

La finalidad es establecer un marco normativo que permita el desarrollo sostenible del turismo náutico en el Perú, fortalezca su calidad, seguridad y competitividad, y promueva su integración con las economías locales, la protección ambiental y la oferta turística nacional.

Asimismo, busca impulsar las actividades deportivas náuticas en el contexto del turismo, reconociendo su valor como atractivo turístico, dinamizador económico y generador de oportunidades para la inversión pública y privada, sin alterar las competencias específicas de los organismos rectores del deporte.

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La ley promueve la mejora de la infraestructura turística náutica, que incluye muelles, desembarcaderos y servicios complementarios; así como la facilitación de procedimientos para el ingreso de embarcaciones extranjeras turísticas y deportivas, y sus componentes logísticos.

Ala par, impulsa la promoción de prácticas sostenibles y responsables, en armonía con el medio ambiente y las comunidades locales; y el fomento de productos turísticos náuticos diversificados, competitivos e innovadores.

De este modo, resalta, el turismo náutico se proyectará como un elemento estratégico para el desarrollo económico del país, la generación de empleo y el posicionamiento del Perú como un destino turístico de excelencia en el ámbito internacional.

En este contexto, la norma declara de interés nacional el fomento del turismo náutico como herramienta para el desarrollo económico y turístico del país. 

Para tal fin, precisa, los ministerios, gobiernos regionales y locales así como las entidades públicas vinculadas con las necesidades de infraestructura y servicios para el desarrollo sostenible del turismo náutico, considerarán en sus planes, presupuestos, programas y proyectos, los requerimientos de infraestructura y servicios propios de la actividad, dentro de sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestales.

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