• DOMINGO 26
  • de julio de 2026

Derecho

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DERECHO

Estas son las principales decisiones jurisprudenciales publicadas del 19 al 25 de julio de 2026


Jueves 23 de julio de 2026

Personal indispensable: empresa debe acreditar que el trabajador conocía esa condición

Los trabajadores sindicalizados deben ser informados sobre su condición de personal indispensable durante una huelga. 

Así lo advierte Payet Rey Cauvi Pérez Abogados en su reciente boletín Fiscalex Laboral, en donde da cuenta de la Resolución N.°  0749-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, emitida por la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), con la cual declara fundado en parte un recurso de revisión. 

Con ello, el TFL precisa, en el contexto del régimen laboral privado, la obligación de los empleadores de comunicar a los trabajadores sindicalizados catalogados como personal indispensable que tienen esta condición para que laboren en caso de huelga. Conozca la nota aquí


Viernes 24 de julio de 2026

La falta de boletas o planillas no basta para negar beneficios laborales, según la Corte Suprema

La extinción de la obligación legal de conservar documentos laborales no supone una prohibición para la actividad probatoria ni exime al juez de resolver el conflicto con base en las pruebas válidamente incorporadas al proceso.

Así lo estableció la Corte Suprema de Justicia mediante la Casación Laboral N.º 20634-2023 Lambayeque, emitida por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, que declaró infundado el recurso presentado por una entidad empleadora en un proceso ordinario laboral sobre pago de vacaciones y otros beneficios, tramitado bajo la Ley N.º 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT).

Con este pronunciamiento, el máximo tribunal delimita un importante criterio para la justicia laboral: el vencimiento del plazo legal para conservar documentos no limita la función jurisdiccional ni impide que el juez valore otros medios de prueba para determinar si las obligaciones laborales fueron cumplidas.


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