• DOMINGO 16
  • de agosto de 2026

Derecho

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DERECHO

Estas son las principales decisiones jurisprudenciales publicadas del 9 al 15 de agosto del 2026


Martes 11 de agosto del 2026

¿Cuándo no procede el abandono de un proceso? Corte Suprema fija regla para los litigantes

El mero transcurso del tiempo no determina la conclusión de un proceso por abandono cuando la demora en su tramitación no es atribuible a las partes procesales.

Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia correspondiente a la Casación N.° 5635-2022 Arequipa, emitida por su Sala Civil Transitoria, que declaró fundado el recurso interpuesto en un proceso de indemnización.

De esta manera, el máximo tribunal delimita un supuesto de inaplicación de la institución del abandono del proceso, sus alcances y la incidencia del mero transcurso del tiempo en un proceso judicial. Conozca la nota aquí


Miércoles 12 de agosto del 2026

Corte Suprema: concepto remunerativo reconocido judicialmente debe incorporarse a la planilla del trabajador

Todo reconocimiento judicial de un concepto remunerativo a favor de un trabajador con vínculo laboral vigente debe contener el mandato expreso de su incorporación definitiva al contrato de trabajo. Esto implica ordenar la inclusión del concepto reconocido en las planillas del empleador.

Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia recaída en la Casación N.° 33956-2023 Lambayeque, emitida por su Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, que declaró fundado el recurso interpuesto en un proceso ordinario de cumplimiento de laudo arbitral.

Con ello, la sala suprema establece que, en el régimen laboral de la actividad privada, los conceptos remunerativos reconocidos judicialmente a favor de trabajadores con vínculo vigente deben incorporarse a las planillas del empleador. Conozca la nota aquí


Viernes 14 de agosto del 2026

¿Ser sindicalizado puede afectar un aumento? El TFL exige pruebas para considerar que hubo discriminación

La exclusión de trabajadores sindicalizados de una política salarial no constituye, per se, un acto de discriminación sindical.

Así lo advierte Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados en su reciente informativo electrónico Fiscalex Laboral, el cual da cuenta de la Resolución N.º 0888-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala, emitida por la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), que declara fundado en parte un recurso de revisión interpuesto por una empresa dentro de un procedimiento administrativo sancionador.  Conozca la nota aquí


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