El Peruano
Segunda etapa • Año 12 Martes 5 de junio de 2018

TEMA PARA EL DEBATE PÚBLICO

La castración química

EDHÍN CAMPOS BARRANZUELA
Juez superior titular de la Sala Penal Nacional. Phd en Ciencias Legales por la Atlantic International University. Doctor en Derecho y Educación. Magíster en Ciencias Penales. Docente.
Bastante polémica ha causado en la comunidad jurídica y en la opinión pública nacional el proyecto de ley por el cual el pleno del Congreso de la República aprobó la cadena perpetua y la castración química para los violadores sexuales de niños menores de 14 años.

Según se da cuenta, el dictamen aprobado en primera votación intenta enfrentar una terrible realidad que se registra en el país, donde cada día son ultrajados un promedio de 10 menores de edad, de acuerdo a las proyecciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Dicho dictamen será sometido a segunda votación por el pleno del Congreso, pues la modificatoria del Código Penal importa elevar las penas a cadena perpetua e imponer como medida complementaria la castración química, cuando el juez penal lo crea conveniente.

En cuanto al incremento de la pena, el proyecto de ley fue aprobado por unanimidad; sin embargo, sobre el tema de castración química, solo 67 parlamentarios apoyaron la propuesta, 28 se abstuvieron y 7 votaron en contra, ello debido a que durante el debate expresaron sus dudas y objeciones respecto a este procedimiento.

Posturas

Según los entendidos, la castración química se realiza mediante la administración de una hormona, la cual inhibe la líbido de la persona a la que se le aplica, al no producir testosterona ni esperma, y elimina por completo el deseo de la actividad sexual.

Educación

Como parte del debate se ha indicado que el Estado no debe dejar pasar esta brillante oportunidad para implementar una mejora educativa en el país, debido a que la mayoría de los violadores son personas que no han tenido una correcta formación en su niñez, por ello se debe garantizar un proceso de formación en condiciones de salubridad, sanitarias, psicológicas y de salud mental. El tema deberá debatirse con mejor estudio técnico.

Es bastante cierto que ante los casos de violaciones sexuales contra menores de 14 años, la reacción social es bastante grande, pues hasta se ha insinuado que la castración química es una pena demasiado benigna frente a tamaño delito, por lo que se ha propuesto debatir sobre la pena de muerte para los acusados por la supuesta comisión de ese delito, aunque ello no es posible debido a que el Perú está suscrito al Pacto de San José.

Sin embargo, debemos reflexionar y considerar cada una de las propuestas realizadas, a fin de investigar, acusar y condenar a dichas personas, sin que ello signifique una venganza pública. Diferentes juristas y estudiosos han manifestado que no se puede aplicar la castración química a un violador sexual, al que ya se le aplicó la cadena perpetua, pues este ya no dañaría a la sociedad, toda vez que de por vida estaría recluido en un centro penitenciario.

Derecho comparado

Según cuenta E. López Picó, el primer precedente de la aplicación de la castración química a violadores carece de jurisprudencia en España, pues se dice que el procesado –el asesino de Daimiel– fue condenado a 69 años de cárcel por agresiones sexuales a niñas entre 1985 y 1987, y que el propio abogado solicitó la aplicación de la castración química, medida que no contempla el Código Penal español. Se menciona que ante ese vacío, los jueces no pueden dictar nuevas leyes, sino que se limitan a aplicarlas.

En Dinamarca, Alemania, Suecia, Canadá o Estados Unidos si se prevé la castración química como medida para los criminales sexuales reincidentes,; en Francia han empezado a experimentar la vía de la terapia química contra este tipo de delincuentes.

No está demás manifestar que la castración química se aplica desde hace muchos años a los enfermos de cáncer de la próstata, controlando o reduciendo los niveles de tetosterona a niveles de castración o de cáncer de la próstata para que deje de progresar.

Además, se indica que la castración química no es una solución para los violadores, pues no evita la reincidencia, el tratamiento es reversible, la medida es muy onerosa, cada dosis cuesta 300 dólares y no se hace una sola vez, sino continuamente para que se mantenga. El costo lo asumiría el Estado. También se dice que el violador podría reincidir porque existen otras formas de abuso sexual, en las que no necesariamente utiliza el miembro viril para realizar la agresión sexual.

Se ha manifestado también que al acusado no se le puede dar doble pena, y que con la aplicación de la castración química se estarían violentando otros derechos fundamentales, como el derecho a la familia, a la reproducción sexual, a la integridad, etcétera, y cualquier juez penal podría inaplicar la norma jurídica y ejercer el control difuso, pues la aplicación de este castigo afectaría derechos constitucionales, reconocidos en nuestro derecho interno y en la Convención Americana de Derechos Humanos. ◗