Derecho
Durante la Sesión Plenaria, se debatió y aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley N° 2715/2021-CR, del congresista Eduardo Salhuana Cavides, mediante el cual se propone, con texto sustitutorio, la «Ley que modifica el Decreto Legislativo 1100, Decreto Legislativo que regula la interdicción de la minería ilegal en toda la República y establece medidas complementarias, a fin de asignar bienes, maquinaria, equipos e insumos decomisados a los gobiernos locales y gobiernos regionales».
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El congresista Jorge Flores Ancachi (AP) presidente de la Comisión de Energía y Minas sustentó la iniciativa de ley señalando que dicho proyecto pretende y tiene como fin mejorar la articulación intersectorial y fortalecer la ejecución de acciones de interdicción para poner a disposición y como destino hacia los gobiernos sub nacionales, las maquinarias, equipos y combustibles decomisados producto de la minería ilegal, los cuales serán puestos a disposición del gobierno local, o regional correspondiente.
“Se garantizará el bienestar de la ciudadanía en el corto, mediano y largo plazo respecto de la generación de ingresos y construcción de infraestructura el cual beneficiará al desarrollo de sus localidades, la calidad del aire, agua y tierras mejorará en el largo plazo, ya que se promoverá la mejora ambiental y conservación flora y fauna. La ley contribuirá con el deber del Estado de promover un desarrollo sostenible de las actividades productivas”, manifestó el titular de dicho grupo de trabajo legislativo.
La ley propone en su artículo único la modificación del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1100, Decreto Legislativo que regula la interdicción de la minería ilegal en toda la República y establece medidas complementarias.
Para este caso, se modifican los párrafos 7.1 y 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo 1100, Decreto Legislativo que regula la interdicción de la minería ilegal en toda la República y establece medidas complementarias.
En este caso se establece en el marco de la interdicción, que el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y la Dirección General de Capitanía y Guardacostas (DICAPI), bajo el ámbito de sus competencias, realizarán, a partir de recibida la relación detallada a que se refiere el artículo 6 del presente Decreto Legislativo, las acciones de interdicción como el decomiso de los bienes, maquinaria, equipos e insumos prohibidos, así como los utilizados para el desarrollo de actividades mineras ilegales conforme al presente Decreto Legislativo; los que serán puestos a disposición del Gobierno Nacional, entre otros aspectos vinculados a la norma.
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También se establece que el Gobierno Nacional, a través del Programa Nacional de Bienes Incautados, Pronabi, asigna en forma temporal, en custodia o en forma definitiva, los bienes, maquinaria, equipos e insumos decomisados, considerando prioridades como a la municipalidad distrital o de centro poblado donde se hayan realizado las acciones de interdicción.
Al término de la sustentación de la propuesta de ley, el legislador Eduardo Salhuana Cavides (APP) autor de la propuesta de ley, resaltó la importancia de su propuesta señalando que es una oportunidad para que las máquinas incautadas a la minería ilegal y los bienes decomisados, deberán ser entregados a los gobiernos locales y regionales para un uso necesario y adecuado.
Al término de la votación la iniciativa de ley fue aprobada por 86 votos a favor, ocho en contra y once abstenciones.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) May 25, 2023
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