El Peruano
Segunda etapa • Año 12 Martes 24 de julio de 2018
DERECHOS

A PROPÓSITO DE LA SITUACIÓN DE VENEZUELA

Justicia y crímenes de lesa humanidad

SALVADOR HERENCIA CARRASCO
Abogado. Director de la Clínica de Derechos Humanos del HRREC de la Universidad de Ottawa
ISAAC NAHÓN SERFATY
Associate Professor en el Departamento de Comunicación y miembro del HRREC de la Universidad de Ottawa.
El Estatuto de Roma
◗ De acuerdo con el Estatuto de Roma, por ataque contra una población civil se entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de actos contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer ese ataque o para promover esa política.
◗ El exterminio, además, comprenderá la imposición intencional de condiciones de vida, entre otras, la privación del acceso a alimentos o medicinas, entre otras, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población. Mientras que, por esclavitud se entenderá el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad sobre una persona, o de algunos de ellos, incluido el ejercicio de esos atributos en el tráfico de personas, en particular mujeres y niños.
◗ Por deportación o traslado forzoso de población se entiende el desplazamiento forzoso de las personas afectadas, por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional.
◗ Respecto a la tortura, esta deberá causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no constituirá tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas.
◗ Por embarazo forzado se entenderá también el confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población o de cometer otras violaciones graves del derecho internacional. En modo alguno se entenderá que esta definición afecta a las normas de derecho interno relativas al embarazo.
◗ En el caso de la persecución se exige la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención del derecho internacional debido a la identidad del grupo o de la colectividad; y, por el crimen de apartheid, que sean actos inhumanos de carácter similar a los ya citados cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemática de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen.
◗ Por la desaparición forzada de personas, se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a admitir tal privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.
Juan Luis Pernalete era un estudiante de apenas 20 años que vivía en Caracas. El 26 de abril de 2017, él decidió participar en una manifestación pacífica para protestar por la difícil situación social y económica en Venezuela. Juan Luis fue asesinado ese día cuando una bomba lacrimógena, disparada por un Guardia Nacional Bolivariano, le impactó directamente en el pecho. Sus padres han denunciado al régimen del presidente Nicolás Maduro por la muerte de su hijo. Hasta el día de hoy nadie ha sido inculpado por este crimen.

Este es uno de los múltiples testimonios que se pueden leer en el reporte presentado a fines de mayo por el secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Panel de Expertos Independientes sobre la situación de derechos humanos en Venezuela. Cada uno de los casos documentados revela un mismo patrón: el régimen niega las acusaciones, ataca y difama a los acusadores y un sistema judicial que no administra justicia. Todo esto seguido por retaliaciones contra las víctimas y sus familiares. Quienes son arrestados terminan usualmente sometidos a tortura y otras formas de tratos crueles, inhumanos y degradantes. Este patrón de violaciones contra los derechos humanos fue confirmada a fines de junio por un reporte del Alto Comisionado de las Derechos Humanos de las Naciones Unidas, quien enfatiza sobre el uso excesivo de la fuerza, las múltiples detenciones arbitrarias y el abuso contra los prisioneros.

El reporte de los expertos convocados por la OEA concluye que existen bases razonables para acusar al régimen venezolano de haber cometido crímenes contra la humanidad. Asesinatos, torturas, violencia sexual, detenciones arbitrarias y persecución forman parte de ataques sistemáticos y extendidos contra la población civil y líderes políticos acusados de criticar al régimen, lo que los califica como crímenes de lesa humanidad, según lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI).

El panel de expertos, conformado por un ex secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana, un exmagistrado de la Corte Interamericana y un exministro de Justicia de Canadá, recomendó que el secretario General de la OEA, Luis Almagro, presentara el reporte y la evidencia acumulada durante la investigación a la fiscal de la CPI. El panel también recomendó que otros Estados deberían referir la situación de Venezuela a la CPI, según lo estipulado en el artículo 14 del Estatuto de Roma.

La fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, abrió una investigación preliminar sobre la situación en Venezuela en febrero de 2018. En principio, sus averiguaciones se enfocarán sobre posibles crímenes contra la humanidad perpetrados contra líderes políticos y la población civil durante la protestas que comenzaron en abril de 2017, aunque la persecución política y las violaciones contra los derechos humanos han sido un problema desde hace tiempo en Venezuela.

Decisiones urgentes

¿La CPI acusará finalmente a Maduro y a los funcionarios de su régimen? La fiscal tendrá que revisar con mucho cuidado los documentos que su oficina ha recibido, incluyendo el reporte de la OEA. Los expertos convocados por Almagro identificaron 131 víctimas de asesinatos en las protestas que ocurrieron entre 2014 y 2017 a mano de fuerzas de seguridad del estado y/o de los llamados “colectivos” (grupos paramilitares apoyados por el régimen). Además, se han registrado –según el reporte– 8,292 ejecuciones extrajudiciales desde 2015. Se estima que más de 12,000 venezolanos han sido detenidos de forma arbitraria, encarcelados o sometidos a severas restricciones a su libertad desde las elecciones presidenciales de 2013, año en el que Maduro fue electo.

EL REPORTE DE LOS EXPERTOS CONVOCADOS POR LA OEA CONCLUYE QUE EXISTEN BASES RAZONABLES PARA ACUSAR AL RÉGIMEN VENEZOLANO DE HABER COMETIDO CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD.

El reporte se publica cuando Venezuela vive lo que ha sido definido por varias instancias internacionales como una verdadera crisis humanitaria debido a la escasez de alimentos y medicinas. Según un estudio realizado por tres universidades del país, los venezolanos han perdido un promedio de 11 kilos (unas 24 libras) en 2017.

El mismo Ministerio de Salud del régimen admitió que en 2016 se produjo un incremento de 65% en la mortalidad materna, que la mortalidad infantil creció en un 30%, y que los casos de malaria subieron en un 76%. Las personas con enfermedades crónicas, lo que incluye a las que recibieron trasplantes de órganos o que padecen VIH-sida, han sufrido las graves consecuencias por la falta de medicamentos. La crisis humanitaria, que se traduce en muertes por hambre, podría incluso ser considerada como otra forma de crimen contra la humanidad.

Grupo de Lima
Pero referir la situación a la Corte Penal Internacional (CPI) no será suficiente para lograr justicia. Los miembros del Grupo de Lima deben comprometerse en arrestar y llevar ante la CPI a cualquier persona acusada de haber cometido crímenes contra la humanidad. También deben congelar los bienes y activos de estos funcionarios venezolanos en sus respectivas jurisdicciones. Y deben apoyar a las organizaciones de la sociedad civil en Venezuela con el fin de documentar y presentar las evidencias de las violaciones de derechos humanos. Esto debe incluir el otorgamiento de facilidades para que los funcionarios de la CPI reciban testimonios y documentación de venezolanos que se encuentran en países vecinos.

El régimen que encabeza Maduro ha negado repetidamente que exista tal crisis, impidiendo que entre al país asistencia internacional. El gobierno argumenta que la crisis es el resultado de una conspiración extranjera contra la revolución. Muchos venezolanos no han tenido otra opción que emigrar, principalmente a Colombia y Brasil. La “diáspora bolivariana” cuenta ya con dos millones de personas, una crisis de refugiados que en cantidad supera a la que se vive en Siria.

Independientemente del tiempo que tome a la CPI para iniciar formalmente una investigación contra el régimen, la persecución de líderes políticos opositores tiene una larga historia en Venezuela. Esta empezó bajo la presidencia de Hugo Chávez y se ha recrudecido bajo la de Maduro. Por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó la responsabilidad de Venezuela en la violación del derecho a la libertad de expresión (caso de Radio Caracas Televisión), y la persecución de opositores (caso San Miguel Sosa), entre otros. La Corte ha destacado la falta de autonomía e independencia del Poder Judicial venezolano para atender estos casos.

Esta es una consideración importante, pues la evidencia indicaría que la justicia en Venezuela no podría llevar adelante una investigación independiente sobre las violaciones contra los derechos humanos, tal como lo establecen los artículos 1 y 17 del Estatuto de Roma.

El reporte de los expertos convocados por la OEA fue aprobado por la Asamblea Nacional de Venezuela, que cuenta con una mayoría opositora. ONG locales están trabajando en estrategias para presentar pruebas ante la CPI. Una investigación exitosa deberá contar con la colaboración de varias instancias nacionales e internacionales. El Grupo de Lima podría jugar un papel importante, el cual debe complementar las declaraciones políticas. El Grupo fue creado en el seno de la OEA el año pasado para enfrentar la situación en Venezuela.

El apoyo político y la crítica ante lo que sucede en Venezuela son importantes, como quedó demostrado en la más reciente Asamblea General de la OEA, pero debe haber acciones concretas. Muchos de los “Juan Luises” que están en Venezuela merecen un futuro mejor. ◗





[Nota] Este artículo es una adaptación de una versión originalmente escrita en inglés y publicado en los diarios Ottawa Citizen y Montreal Gazette el 3 de julio de 2018.