El Peruano
Segunda etapa • Año 12 Martes 6 de noviembre de 2018
CONSTITUCIONAL

MÉXICO Y LA DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ

El bicentenario y el constitucionalismo

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Abogado. Docente universitario en derecho constitucional.
Está en ciernes el bicentenario de la declaración de independencia del Perú, y es menester recordar algunos acontecimientos y personajes de nuestra historia americana que esbozaron los primeros trazos y el derrotero de lo que significaría un gran movimiento filosófico, político, militar, social y cultural en Mesoamérica y en América del Sur; tal vez por razones geográficas se estudian separadamente. Sin embargo, desde una perspectiva holística e integradora, la dimensión de cada grito de independencia es tal que formó y forma parte aún de un solo proceso.

◗ Melchor de Talamantes, el precursor peruano en México. Como consecuencia de la ascensión al poder monárquico de José Bonaparte en España, un grupo de criollos en las tierras iberoamericanas interpretó que el vacío de poder dejado por Fernando VII y su padre, Carlos IV, ponía en tela de juicio la soberanía y a quién se le debía obediencia. En todo caso, si la fuente de poder residía en el pueblo, o si se hallaba en Dios, tal poder debería regresar a sus propios orígenes.

Un fraile mercedario nacido en Lima, Melchor de Talamantes Salvador y Baeza, que radicaba en México, interpretó en una visión de avanzada que la soberanía debía, por el ejercicio de los derechos naturales, retornar al pueblo. En uno de sus escritos, firmados bajo el seudónimo de Toribio Marcelino Fardonay, explicaba: “... en ausencia del Rey, la nación recobra inmediatamente su potestad legislativa con todos los demás privilegios y derechos de la corona”. Así, en julio de 1808, en defensa de tal causa, propugnó la independencia total y la convocatoria a un congreso americano.

La Constitución de Cádiz, que se promulgara cuatro años más tarde, recogió, entre otros aspectos, la idea precursora que este notable peruano introdujera y que, sin duda, fue aquel camino de libertad que posteriormente recorrerían el párroco del pueblo de Dolores, don Miguel Hidalgo y Costilla, y el sacerdote José María Morelos y Pavón.

A la persona humana, pero, sobre todo, a las ideas y al pensamiento de Fray Melchor de Talamantes, se agregarían los de otros protoindependentistas de la talla de Francisco Antonio de Zela, José Hipólito Unanue y Pavón, Toribio Rodríguez de Mendoza, Juan Pablo Vizcardo y Guzmán, y otros ilustres peruanos que con su ideario político y liberal forjaron en cada parte del continente aquel gran pensamiento americano integrador. El caso de Vizcardo y Guzmán también merecería una cita aparte por el valor conceptuoso y amplio de su famoso documento, Carta a los Españoles Americanos, que habría servido de inspiración al propio Francisco de Miranda y, luego, pudiera haber gravitado también de manera importante y sustantiva en el ideario de Simón Bolívar.

◗ La Constitución de Apatzingán. La gesta de la independencia mexicana que iniciara Miguel Hidalgo trajo consigo el anhelo de contar con un texto constitucional que pudiera plasmar de manera permanente los derechos y libertades de todos los mexicanos. Así, a partir de 1812, Hidalgo encargaría la elaboración de un proyecto de constitución, recibiendo tres propuestas: una, de Ignacio López Rayón, su secretario personal; otra, del fraile Vicente de Santa María; y finalmente, una tercera de Carlos María de Bustamante, quien luchaba junto a José María Morelos y tenía a su cargo el semanario Correo Americano del Sur.

El trabajo de Rayón, que circuló bajo el nombre de Elementos Constitucionales, incluyó la novísima figura del habeas corpus y, al difundirse en los círculos intelectuales, generó un sentimiento de pertenencia con la tierra natal. Es recién el 13 de setiembre de 1813 que Morelos reuniría en la ciudad de Chilpancingo, bajo la forma de un Congreso, a los delegados de las regiones liberadas del dominio español. En esa reunión daría lectura a su obra, Sentimientos de la Nación, luego de la cual se discutiría la forma de gobierno, así como los derechos y obligaciones que habrían de regularse en forma inmediata.

El Congreso itinerante se volvería a reunir el 22 de octubre de 1814, en la localidad de Apatzingán, Michoacán, para promulgar el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, también conocida como la Constitución de Apatzingán. Si bien los constitucionalistas la encuentran muy relevante en su contenido normativo por reconocer la igualdad de las personas, el derecho a la propiedad y a la libertad, así como por organizar el incipiente Estado bajo la forma de un gobierno republicano, representativo y bajo el principio de separación de poderes, otro de los aspectos más destacados que aporta fue en el ámbito político: el rechazo a la monarquía, la proclamación de la independencia y la creación de la república mexicana, aunque fuera conocida como Imperio Mexicano, base sustancial de los Estados Unidos Mexicanos.

En opinión de algunos tratadistas e historiadores, las independencias solo crearon Estados y formas de gobierno republicanos; en cambio, las independencias de Mesoamérica y de América del Sur permitieron con el tiempo la revaloración de los pueblos originarios, la posibilidad de redescubrir los orígenes de la nación americana y celebrar el nacimiento del constitucionalismo americano.

El bicentenario de la declaración de la independencia del Perú, que se asoma con singular rapidez, y que merecerá varias actividades y celebraciones, es también la celebración de toda América, no solo por el sello de armas y de gloria que tuviera como colofón la Pampa de la Quinua en Ayacucho, el 9 de diciembre de 1824, sino también porque en ella hallaremos una excelente oportunidad para reencontrarnos con el pasado común que integra y aproxima a nuestros pueblos.

Somos legatarios y herederos de una riquísima historia prehispánica originaria común, y si bien ella nos distingue como ciudadanos de una América mestiza, la independencia recrea en nosotros los valores republicanos, democráticos y constitucionales por un orden más justo y equitativo, que nos corresponde defender. ◗