• DOMINGO 31
  • de mayo de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Estas son las principales decisiones jurisprudenciales publicadas del 24 al 30 de mayo del 2026


Lunes 25 de mayo del 2026

Pagar renta tras el vencimiento no extiende el contrato de arrendamiento, confirma la Corte

La comunicación del vencimiento del contrato de arrendamiento y el requerimiento de la devolución del bien, acreditan la conclusión de la relación contractual, por ende, el pago realizado por el arrendatario luego de ello, no puede ser considerado continuación del contrato de arrendamiento.

Esto en mérito a lo establecido por el artículo 1700 del Código Civil concordado con el artículo 1704 de dicho cuerpo legislativo.

Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia correspondiente a la Casación N.° 300 - 2022 Lima emitida por su Sala Civil Permanente con la cual declara fundado aquel recurso interpuesto dentro un proceso de desalojo por ocupación precaria.

De esta manera, el citado colegiado del máximo tribunal del Poder Judicial precisa los requisitos para la acreditación de la culminación de la relación contractual derivada de un contrato de arrendamiento entre el arrendador como propietario de un inmueble y el arrendatario. 
Conozca la nota aquí


Martes 26 de mayo del 2026

Tribunal de Sunafil adopta reglas sobre requerimientos a empleadores

El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) remarca que la medida inspectiva de requerimiento debe establecer con claridad las acciones a ejecutar por el inspeccionado, las cuales deben ser materialmente posibles de cumplir.

Así lo advierte Benites, Vargas & Ugaz Abogados en su reciente Labour Law Review en donde da cuenta de la Resolución N° 0503-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala con la cual la Primera Sala del TFL declara fundado en parte un recurso de revisión interpuesto por una empresa dentro de un procedimiento administrativo sancionador.

Con ello, el Tribunal de la Sunafil orienta a los inspectores de trabajo sobre los aspectos que deben tener en cuenta para la emisión de medidas inspectivas de requerimiento a las empresas que inspeccionen. 
Conozca la nota aquí


Miércoles 27 de mayo del 2026

La opinión del niño sí importa en juicios de tenencia, establece la Corte Suprema

En los procesos que involucren derechos de niños o adolescentes en posible situación de vulnerabilidad o que requieran protección especial, los jueces deben evaluar adecuadamente las circunstancias fácticas del menor antes de adoptar una decisión.

Así lo estableció la Corte Suprema de Justicia en la Casación N.° 2496-2022 Arequipa, emitida por la Sala Civil Permanente, mediante la cual declaró fundado un recurso de casación interpuesto en un proceso de variación de tenencia.

Con este pronunciamiento, el máximo tribunal fija criterios relevantes para los procesos de tenencia y variación de tenencia en los que se encuentren comprometidos derechos de niños y adolescentes. 
Conozca la nota aquí


Jueves 28 de mayo del 2026

¿Cómo deben sancionarse los adolescentes infractores? Lo que ordena la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia estableció los criterios que los órganos jurisdiccionales deben observar en los procesos de responsabilidad penal adolescente para justificar adecuadamente la imposición de medidas socioeducativas.

Así lo señala la sentencia de la Casación N.° 1392-2025 Selva Central, emitida por la Sala Civil Permanente, que dispone que los jueces deben considerar las normas que regulan la responsabilidad penal del adolescente, la gravedad de la infracción y las sanciones previstas para cada caso.

Asimismo, la Corte destaca la obligación de aplicar las normas vinculadas con el interés superior del adolescente, especialmente el artículo 148 del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente, que exige la evaluación previa del informe interdisciplinario del adolescente infractor antes de imponer una medida socioeducativa.

Con este pronunciamiento, el supremo tribunal declaró fundado el recurso de casación interpuesto en un proceso por infracción a la ley penal contra el patrimonio. 
Conozca la nota aquí


Viernes 29 de mayo del 2026

Horas extras: Corte Suprema fija doctrina obligatoria sobre registros laborales

Cuatro reglas que constituyen doctrina jurisprudencial de obligatorio cumplimiento sobre el plazo legal de conservación documental en pretensiones laborales históricas estableció la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República al declarar infundado un recurso de casación interpuesto en un proceso ordinario de pago de horas extras sujeto a la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

De acuerdo con la sentencia recaída en la Casación N.° 6773-2023-La Libertad, las disposiciones legales que autorizan al empleador a conservar los registros de asistencia y planillas solo por cinco años desde su generación —como el artículo 6 del Decreto Supremo N.° 004-2006-TR y el artículo 3.4 del Decreto Legislativo N.° 1310— constituyen normas de racionalización y simplificación administrativa.

Según el colegiado supremo, dichas disposiciones buscan reducir los costos empresariales derivados del almacenamiento de documentación física frente a eventuales inspecciones de la Autoridad Administrativa de Trabajo, pero no configuran un supuesto de caducidad probatoria que extinga los derechos del trabajador respecto de períodos laborales antiguos. 
Conozca la nota aquí

Lea también en el Diario Oficial El Peruano: