El Peruano
Segunda etapa • Año 12 Martes 16 de octubre de 2018
DD.HH.

EL PROFESOR ANTONY DUFF, UNA VISIÓN FILOSÓFICA

Un derecho penal democrático para ciudadanos

JOSÉ ÁVILA HERRERA
Abogado. Magíster en Derecho Penal y PhD. Centros de Estudios en Filosofía y Derecho. Facultad de Derecho. Universidad San Martín de Porres.
El derecho penal es una práctica social que ha dado lugar a investigaciones filosóficas, desde la discusión sobre fines, fundamentos, esencia, justificación del castigo, responsabilidad, el tema de la proporcionalidad hasta la relativamente reciente explosión del área de investigación, denominadas, precisamente, visiones de la filosofía del derecho penal. Las interrogantes sobre estos temas del derecho penal se han convertido en un asunto medular dentro de los estudios contemporáneos respecto de la materia, pues se reconoce hoy en día que es a partir de la respuesta a estas que se puede asumir la tarea de construir un sistema.

En esta ocasión, quiero ofrecerles a los amables lectores otra de esas visiones de la filosofía referida al derecho penal: “Sobre el castigo. Por una justicia penal que hable el lenguaje de la comunidad” (1), del filósofo Antony Duff, (2) visión filosófica que aporta argumentos que nos aproximan a una mirada contemporánea sobre el derecho penal.

Una cuestión previa

Ahora veamos una mirada al sistema penitenciario que hay detrás de las celdas (3). Siempre se ha intentado explicar a la sociedad peruana que las prisiones no pueden ser solo espacios de reclusión y exclusión. Por eso, nuestro sistema penitenciario se sitúa en la orientación a la reinserción y el respeto a los derechos de las personas privadas de libertad. Para una sociedad política civilizada, las penas y la cárcel debieran ser legítimas y servir para algo (4). Estos son los dos términos del asunto que deben marchar juntos si no se quiere que el tren de la pena se descarrile.

La delincuencia proviene de la voluntad de alguien de violar las normas sociales. Esa responsabilidad existe. Las decisiones humanas son libres y responsables. Ni problemas de salud, ni drogodependencias, ni dificultades económicas y, mucho menos, concepciones religiosas o políticas pueden justificar que se cometan ilegalidades, injusticias o crímenes. Nada justifica la violencia, el robo, la extorsión o los ataques a la libertad de nuestros semejantes.

Breve nota biográfica
El profesor Duff, nace en Escocia, país en el que estudió Derecho y Filosofía, y donde es profesor desde 1970, en la Universidad de Stirling. También es profesor de la Universidad de Minnesota (Estados Unidos). Gran parte de su obra está dedicada al estudio de los fundamentos de la pena, de la función y el lugar que ocupa en la sociedad moderna. Es profesor emérito por el Departamento de Filosofía de la Universidad de Stirling (Escocia). Es un destacado experto en la filosofía del castigo y es reconocido internacionalmente por su experiencia en derecho penal y su estructura. Sin duda alguna, es una de las figuras principales, en las últimas cuatro décadas, sobre un fecundo género de indagación teórica y filosófica en las bases, la estructura y el funcionamiento de los sistemas de derecho penal que se enmarcan en la tradición del common law, cultivado por filósofos y juristas de habla inglesa (5). Realizó contribuciones y problematizaciones sustanciales para reflexionar sobre el derecho penal en general, refiriéndose al sistema legal inglés, escocés y norteamericano, pero que significan aportes para repensar el contexto actual del derecho y la justicia penal en cualquier país democrático. Su persistente vocación de incorporar preguntas, reflexiones y conocimientos usualmente ajenos a la tradicional dogmática del derecho penal se plasma en una riqueza inusual. Para una disciplina que exhibe cierta pretensión de autosuficiencia, sus enfoques y reflexiones abren las ventanas para que entre una corriente de aire fresco en un espacio donde los olores son conocidos, las discusiones parecen las mismas y las posiciones resultan más o menos predecibles.

Pero es necesario hacer hincapié en el hecho que nos revelan las frías estadísticas: que en las prisiones en nuestro país, y también en el conjunto de los países de la región, un alto porcentaje de internos sufre enfermedades mentales, padece de drogodependencia, presenta un bajo nivel educativo, con antecedentes de fracaso escolar; hay muchos pobres, excluidos, marginados, la mayoría no ha tenido nunca un empleo estable y muchos han padecido en su infancia abusos, malos tratos, abandonos, etcétera. En resumen, en la cárcel se concentra mayoritariamente el resultado de muchos fracasos de nuestras sociedades. El problema no está en las cárceles; el problema es afuera, en la sociedad, en el sistema que obliga a delinquir para subsistir, las cárceles son solo el reflejo de los males que afectan a la sociedad. No importa cuán amplias o cómodas sean si la calle es otra gran cárcel sin rejas, cuando se vive en aparente libertad, pero en condiciones inferiores a cualquier cárcel.

La «orientación filosófica» en la visión del derecho penal del profesor Antony Duff. Desde los años setenta, el profesor Duff ha logrado construir un derecho penal a partir de un diálogo con los aportes y conocimientos de la filosofía política y la filosofía jurídica. Como señala (R. Gargarella, P. Bergallo: 2013), propuso anclar el derecho penal en el pensamiento igualitarista proveniente de autores como John Rawls o Ronald Dworkin, y a la par de ellos conectó la reflexión penal con ideales como el de “igual consideración y respeto”.

En otra ocasión, el profesor Roberto Gargarella (6) resaltó que el profesor Antony Duff realizó aportes extraordinarios, mostrando una apertura inusual en la doctrina penal para pensar intersecciones entre el derecho penal y la filosofía política. “Como pocas personas, ha sabido conectar reflexiones en materia de derecho penal y castigo con preocupaciones de teoría democrática”. Señaló también que, en particular en teoría democrática, Duff desarrolló un enfoque muy novedoso, el cual es presentado como un acercamiento comunicativo al derecho penal (7).

Sobre el castigo. Por una justicia penal que hable el lenguaje de la comunidad (8). La obra realiza contribuciones para reflexionar sobre el derecho penal, refiriéndose al sistema legal inglés, escocés y norteamericano, pero que significan aportes para repensar el contexto actual de nuestra justicia penal. Está concebido en cuatro secciones, en las cuales propone categorías conceptuales que posibilitan pensar los sistemas de justicia actuales a partir de las nociones de ciudadanía activa, inclusión/exclusión, responsabilidad penal (precondiciones/condiciones) y comunidad política, desde una perspectiva relacional y comunicativa.

La investigación se dirige hacia la construcción de un derecho penal democrático para ciudadanos, es decir, un derecho penal que hable el lenguaje de la comunidad. Esta propuesta, que atraviesa transversalmente la obra del autor, brinda herramientas para poner en cuestión la exclusión social del delincuente tanto material, legal como simbólica de la participación en la vida de una comunidad política.

LA OBRA DEL PROFESOR ANTONY DUFF AYUDAN A REPENSAR LOS FUNDAMENTOS DE ESTA DISCIPLINA EN MATERIA PENAL, TAN DELICADA POR SU ESTRECHA VINCULACIÓN CON LA LIBERTAD DE LAS PERSONAS.

Dicha exclusión puede tornarse permanente para el excondenado aun después de cumplida la condena, a partir de las consecuencias colaterales que conlleva el castigo, relativizando de esta forma la finitud de la sanción. En el primer capítulo, el profesor Duff desarrolla que la lógica excluyente es constitutiva de la retórica política del derecho penal. Tanto es así que “el castigo penal es algo que “nosotros”, los ciudadanos cumplidores de la ley, les imponemos a “ellos”, los otros peligrosos de quienes debemos estar protegidos” (Duff, 2015:24).

Plantea también la necesidad de tener una actitud crítica con respecto al derecho y comenzar a hablar de observancia en lugar de obediencia. Por ello, a lo largo del libro, indaga sobre el papel de los ciudadanos en la creación del derecho y en cómo debería ser el derecho penal para que exprese y respete nuestra ciudadanía. Discute entonces con la idea de que el delincuente pierda la condición de ciudadano en cuanto si ya no es ciudadano, ¿cuál sería el motivo por el que aceptaría la autoridad del sistema que lo castiga y le niega derechos? De esta forma, y problematizando el carácter pasivo que se les atribuye a los delincuentes, propone asignarles un carácter activo y cívico como ciudadanos.

NO IMPORTA CUÁN AMPLIAS O CÓMODAS SEAN SI LA CALLE ES OTRA GRAN CÁRCEL SIN REJAS, CUANDO SE VIVE EN APARENTE LIBERTAD, PERO EN CONDICIONES INFERIORES A CUALQUIER CÁRCEL

En otra parte del libro, se pregunta si es posible construir un castigo menos duro y excluyente, pero que al mismo tiempo muestre que el delincuente es castigado como ciudadano. Al indagar en esta tensión, entre ciudadanía y castigo, el profesor Duff propone la preservación del derecho al voto, ya que si las personas dejan de votar, dejan de ser ciudadanos plenos mientras se encuentran en prisión, pues queda suspendido el estatus cívico.

En otro capítulo, analiza las “[...] condiciones para la rendición de cuentas o precondiciones de la responsabilidad penal” para que un juicio tenga legitimidad; es central en su propuesta cómo se inscribe esta cuestión en contextos de extrema pobreza, desigualdad e injusticia política y social. Puntualmente menciona: “Cuántos de los condenados y sentenciados en nuestros tribunales que reciben lo que se supone es su merecido han sido por su parte víctimas de una injusticia persistente y sistemática por obra de la comunidad política de la que presuntamente son ciudadanos” (Duff, 2015:93).

Para esbozar algunas posibles respuestas, hace hincapié en que los ciudadanos no responden ante un tribunal en tanto “autoridad moral” en sí misma, sino en cuanto representante de una comunidad política porque es su derecho y deber como ciudadanos responder al “pueblo”, a la “comunidad”. Es decir, en este capítulo, el profesor Duff se interroga sobre los requisitos políticos y sociales que deben cumplirse para juzgar a un miembro de una comunidad (Duff, 2015:129). Sobre este tema, trabajó de modo muy cuidadoso sobre la idea según la cual, en condiciones de injusta desigualdad, la fuerza autoritativa del derecho penal se debilita (9).

Finalmente, podemos ver que los apuntes reseñados sobre la obra y propuestas del profesor Antony Duff no solo aportan novedad en materia penal, sino que sobre todo ayudan a repensar los fundamentos de esta disciplina tan delicada por su estrecha vinculación con la libertad de las personas, permitiendo encontrar bases y fundamentos más interesantes, novedosos, mejor justificados y que deben merecer un análisis y debate en nuestro ambiente académico y, por qué no, también en la agenda pública. ◗





[1] En el presente año académico se trabajó esta visión filosófica durante el dictado de las clases en la Maestría de Derecho Penal en la Universidad San Martín de Porres. [2] Sobre el castigo. Por una justicia penal que hable el lenguaje de la comunidad. Editorial Siglo XXI Editores, Buenos Aires, 2015, 176 páginas. [3] Estas reflexiones me vienen luego de una labor de supervisión de casi quince años (1996-2013) y de reuniones que tuve con Jorge Santisteban de Noriega†, Walter Albán Peralta, Beatriz Merino Lucero y Wilfredo Pedraza Sierra, cuatro excelentes personas y profesionales de quienes aprendí mucho. [4] Cfr. John Pratt. Castigo y civilización. Una lectura crítica sobre las prisiones y los regímenes carcelarios. Gedisa Editorial. Barcelona. 2002. pág. 16. [5] La editorial de la Universidad Externado publicó un libro titulado “Discusiones sobre la Filosofía del Derecho Penal”. El contenido del libro lo integran trabajos presentados por algunos de los más importantes filósofos anglosajones del derecho penal, todos ellos profesores en el Reino Unido. Dichos trabajos fueron discutidos por penalistas, filósofos y criminólogos de habla hispana provenientes de España, Argentina y Chile. [6] El profesor argentino Roberto Gargarella apoya muchos de sus pensamientos sobre el castigo y el uso del derecho penal en los textos del filósofo Antony Duff. La influencia del pensamiento de Duff en los escritos de Gargarella es muy notoria en muchos aspectos. Según el profesor argentino, el profesor Duff representa, en la literatura actual, el mejor intento de articular cuestiones básicas del derecho penal y la teoría democrática. [7] Esta presentación se hizo en el marco del Seminario de Teoría Constitucional y Filosofía Política del profesor Roberto Gargarella en la Universidad de Buenos Aires, Argentina (17 de junio del 2014). [8] Antony Duff. “Sobre el castigo. Por una justicia penal que hable el lenguaje de la comunidad”. Siglo XXI Editores, Buenos Aires, 2015, 176 páginas. [9] Gargarella, Roberto. El punto de encuentro entre la teoría penal y la teoría democrática de Carlos Nino. Consulta en web: http://www.redalyc.org/comocitar.oa?id=340042713002.