El Peruano
Año 108 // 3ª etapa // 558 // Viernes 17 de agosto de 2018
ESCENARIOS
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EL PRECIO DEL ARTE

El debate sobre los derechos de autor se enciende cuando una de las partes cuestiona la aparente discrecionalidad con que las asociaciones de gestión colectiva fijan montos, modalidades y tarifas. escribe: SERGIO SALAS / ABOGADO, MÚSICO CRIOLLO # #
Hace unas semanas, unos amigos se vieron obligados a suspender un espectáculo que se iba a realizar en un teatro capitalino por no poder cubrir lo que una asociación de gestión colectiva solicitaba como pago de derechos de autor.

Existen grupos de personas que han luchado por que el Estado reconozca sus derechos y soy respetuoso de ellos.

Estado reconozca sus derechos y soy respetuoso de ellos. Sin embargo, donde hay vacíos legales, muchas veces también se presentan abusos del derecho. Y con un abuso no se puede estar de acuerdo. En la regulación de las asociaciones de gestión colectiva hay vacíos.

HISTORIAS DISTINTAS

Hace dos años coproduje un CD. Al momento de acercarme a pagar los derechos de autor, quien me atendió fue muy amable y buscamos cuántas canciones del CD tenían autor registrado. Como la mitad del repertorio era antiguo y no tenía autor conocido, pagué solo lo correspondiente a los que aparecían en su registro.

Donde hay vacíos legales, muchas veces también se presentan abusos del derecho. Y con un abuso no se puede estar de acuerdo

La historia fue distinta cuando tuve que pagar los mismos derechos para el espectáculo donde se lanzaría el disco. Me derivaron a otra oficina, y una señorita, sin siquiera buscar la relación de autores, pasó a preguntarme la cantidad de butacas que tendría el teatro y, calculadora en mano, determinó que la suma era un monto más elevado que lo que había costado alquilar dicho recinto. Lo que coronó mi visita fue que le presenté la primera búsqueda, recibiendo una de las respuestas más increíbles que he escuchado: “Usted hizo la búsqueda en esa oficina, y esta es ‘otra’ oficina”. No importaba que fuera la misma institución, parecía que tenían archivos diferentes en cada oficina.

En mi carrera de abogado he tenido otros acercamientos a las sociedades de gestión colectiva, específicamente en mi asesoría a hoteles, a los cuales llegan cartas de diversas sociedades de gestión en las que manifiestan que, por el hecho de tener un número de habitaciones, suponen que en cada una hay un televisor, y que, por lo tanto, estamos obligados a pagar un monto mensual según su tarifario.

Cada carta contiene, también, una cordial invitación para asistir a sus instalaciones a fin de firmar el convenio correspondiente. ¿Qué les hace suponer que dichos televisores se encuentran encendidos? ¿Qué hace suponer, además, que estos televisores están transmitiendo contenido protegido por sus sociedades de gestión? ¿Por qué deberíamos pagar si la casa televisora que transmite la señal se supone que ya paga ese derecho?

Hace un tiempo, mi peluquero me contaba que a su local de Jesús María habían llegado fiscalizadores a “hacer problema” –esas fueron sus palabras– porque tenía un televisor y tenía que pagar derechos de autor. La visita era realizada con agentes policiales. Mi peluquero terminó por retirar su televisor. Algunos amigos me comentan que las sociedades de gestión aparecen en los espectáculos e impiden la realización de estos, a menos que se demuestre el pago de derechos correspondientes.

Como repito, soy convencido de que todos debemos pagar lo correctamente establecido, pero también estoy convencido de que nos deben cobrar lo justo. Entonces, ¿qué poder tiene una asociación privada para paralizar un espectáculo? Solo podría impedir la realización si cuenta con una medida cautelar dictada por un juez. Si eso no existe, no hay otra forma. Sin embargo, supongo que la aparición de dichos fiscalizadores con la autoridad policial es para que se levante un acta del hecho, a fin de que esta, luego, sea utilizada como medio de prueba en algún tipo de proceso, lo que no significa que el acta sea prueba suficiente para ganar dicho proceso.

¿QUÉ HACER?

Entonces, ¿qué hacemos? Soy de los que piensan que una vicisitud debe evaluarse desde varias perspectivas, y de esta forma encontrar oportunidades de mejora.

Un amigo músico que pasaba por el mismo problema me dijo que fue ello lo que lo motivó a componer sus propias canciones (nuevo repertorio) y dejar de cantar canciones de otros. Otro me dijo que prefería cantar canciones antiguas poco conocidas, de esas que el público nunca escuchó. Recientemente, hay algunos que cantan a Felipe Pinglo, quien ya tiene más de 75 años de fallecido, toda vez que, por ley, tras ese plazo, sus obras han pasado al dominio público.

Finalmente, ¿qué hacemos con el dilema de los televisores? Yo propondría un bonito proceso declarativo ante el Poder Judicial, para que sea un juez de la República el que decida si están o no obligados a pagar. Solo falta dar el primer paso.