En tal escenario, un código que aspiraba a convertirse en un agente de transformación social, colocando al juez como instrumento esencial del cambio, estaba condenado desde su origen al abandono de un Gobierno decidido a “modernizar” el país entregándolo a los “vencedores” de la lucha ideológica, aquellos que siguiendo a Fukuyama celebraron el fin de la historia.
Entonces, para desmitificar los datos, la reforma propuesta por el CPC fue de filosofía política, una propuesta ideológica opuesta a la contenida en el código derogado de 1912. De este suele decirse que era privado porque las partes controlaban su desarrollo. En realidad, era un código burocrático. Me explico.
Cuando el joven Marx era director de la Gaceta del Rin, describió en un artículo los rasgos de un burócrata. Decía que es aquel funcionario que desarrolla un culto por la autoridad, una tendencia a la obediencia pasiva, una fe acrítica y una rigidez en el cumplimiento de las formas. El juez del Código de Procedimientos Civiles de 1912 era un juez pasivo que garantizaba a las partes su neutralidad (que no es imparcialidad, pero sí la seguridad de que el lobo se comerá a la oveja “con arreglo a ley”) y ejercía una obediencia fanática a los aspectos formales de la ley. Era, sin duda, un juez burócrata.
Entonces, el mensaje de transformación del CPC trasciende con creces el manido dilema privado/público. Si se aprecia con atención, pretendió coadyuvar al tránsito de un Estado de derecho liberal a un Estado de derecho social. Intentarlo durante un Gobierno dedicado a insertarse en la globalización neoliberal –por tanto, indiferente al funcionamiento de los servicios públicos, como el judicial– era contrariar el viento de la historia.
Y aunque no todos los que elaboraron el CPC pensaban igual, conviene recordar que había congresistas que debatían y mejoraban las propuestas legislativas. Javier Alva, Lourdes Flores o Pedro Cateriano, para citar a algunos, asistían a las sesiones sin descuidar sus otras funciones. Como es evidente, aprobar una norma como el CPC en el Parlamento actual sería impensable, la mayoría de los congresistas actuales desperdician su tiempo averiguando –se informan al oído como si intercambiaran chismes– so pretexto de investigar, es decir, presumen ser Poirot o Marlowe, cuando solo están capacitados para ser Viernes.
El Gobierno de la década de la infamia y, por desgracia, los que lo siguieron, no asumieron su responsabilidad con el servicio judicial. Se requería de locales especiales para audiencias, entonces el Gobierno les entregó edificios revejidos, recién desocupados por instituciones que se mudaban a flamantes construcciones. La marginación a locales indecorosos expresa la paradoja de gobiernos económicamente exitosos pero que han decidido que la vigencia del ordenamiento jurídico y la importancia de la justicia jurídica –no la filosófica- no son socialmente relevantes. Ahora sufrimos el descuido.
Por eso, cuando se hace escarnio del servicio de justicia a partir de escándalos, sin duda ciertos y penosos, contemplamos con estupor el grado de ignorancia de la mayoría sobre las causas y los responsables del estropicio; y el nivel de cinismo de otros –alguna vez con poder de decisión–, que durante décadas ni siquiera insinuaron actos para revertir la situación.
Lo expresado es presupuesto para referirme al proceso. Este, en tanto fenómeno social de masas, torna eficiente el sistema judicial o coadyuva a su disfunción. Un rasgo actual de los estudios procesales es que suelen ser puramente descriptivos, tanto que algunas propuestas parecen hechas para mejorar un ordenamiento inexistente. Es obvio que investigar solo con conceptos abstractos conduce a extravíos; sin embargo, es lo que usualmente ocurre. Se evade la realidad.
Importó mucho erradicar al juez burócrata porque los conflictos que este resuelve no son siempre producto de desinteligencias en la comprensión del enunciado normativo o de la institución jurídica, como ingenuamente se cree. Los conflictos surgen, muchas veces, porque la ley está construida defectuosamente; suele ser un producto semielaborado que, comúnmente, se formaliza como un homenaje al consenso. Un aporte de aquí; otro de allá. Si fuese un gato tendría cola de caballo y cuerpo de cigüeña. Aunque otras veces es impecable, ello ocurre cuando su mandato está al servicio de quienes ejercen el poder, entonces con ella se “legaliza” la explotación, la discriminación, en fin, las condiciones de la sociedad 90/10.
Sin embargo, como el proceso garantiza al ordenamiento jurídico y no solo al sistema legal, la opción por un juez que interprete el enunciado desde la perspectiva de los valores en disputa lo convierte en un garante de la justicia. Si burocratiza su ejercicio, pasa a ser un instrumento que asegura la vigencia de un sistema social injusto y desigual. Para esto último solo necesita ser fiel a un procedimiento “racional”, como reclama Luhmann, uno donde su criterio, sentimiento o arbitrio no cuentan. Con un juez soldado de la ley, ganará siempre quien “formalmente” tenga la razón.
ES INDUDABLE QUE EL CPC HA MARCADO TENDENCIA EN OTROS ORDENAMIENTOS PROCESALES. NO SOLO ME REFIERO A QUE ES EL ORDENAMIENTO SUPLETORIO DE CUALQUIER OTRO PROCESAL POR LEY EXPRESA, SINO QUE CUANDO EN ESTOS AÑOS SE HAN PRODUCIDO REFORMAS PROCESALES EN OTROS ÁMBITOS, EXPRESA O TÁCITAMENTE, LAS NUEVAS LEYES TIENEN EL ADN DEL CPC.
Para ser lo primero, el juez necesita independencia y, por cierto, una administración razonable de su carga y de sus tiempos. Si el número de procesos que ingresan a su juzgado en un año es superior a los que acaban en el mismo período, el desastre tiene forma de aluvión. Muy rápidamente el juez queda sobrepasado en sus deberes y frustrado en sus expectativas, no solo profesionales sino personales. No olvidemos que un sistema que es ineficiente para la mayoría es eficiente para alguien. Reducir las consecuencias del dramático abandono que soporta el juez peruano es el compromiso mayor de un procesalista; lo demás son flatus vocis.
Así, entre el 18 y el 22 de setiembre, a menos de dos meses de diferencia a los 25 años de la reforma legislativa más importante ocurrida en el sistema judicial peruano, se realizará un congreso internacional de derecho procesal organizado, con la pulcritud y entusiasmo de siempre, por la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Sus ejes temáticos rondan en torno a la realidad, reforma y tecnología en el proceso. Como suele ocurrir, el congreso reunirá a especialistas de América y Europa dispuestos, con la generosidad de siempre, a compartir su ciencia y experiencia con nosotros.
Difícil encontrar mejor ejemplo para confirmar que la problemática judicial tiene tantas aristas que solo un iluso podría creer que una reforma normativa sea suficiente para producir el cambio que necesitamos. ◗