El Peruano
Segunda etapa • Año 12 Martes 23 de octubre de 2018

EN EL EJERCICIO PROFESIONAL DEL DERECHO

Trascendencia y valor de la ética

WALTER ALBÁN
Abogado. Profesor de Derecho de la PUCP. Exintegrante de la Comisión Consultiva para la Reforma Judicial.
Las encuestas disponibles a lo largo de la última década en el Perú arrojan una alarmante percepción ciudadana respecto del sistema judicial y el papel que cumplimos los abogados en relación con el mismo. En efecto, como se constata en las encuestas que publica Proética bianualmente, por ejemplo, el Poder Judicial es visto como la entidad más corrupta dentro del aparato estatal (1), y ello va aparejado de otros sondeos de opinión sobre el grado de confianza que ofrecen las diferentes profesiones u ocupaciones en nuestro país. En estos, los abogados figuramos en los últimos lugares, solo por encima de los jueces, con lo que se hace evidente que los abogados, jueces o no, arrastramos una imagen extremadamente negativa frente a la opinión pública ciudadana.

Medidas
Es verdad que algo hemos avanzado desde que en el 2012 se puso en vigencia un único Código de Ética para los abogados del Perú, que establece procedimientos y responsabilidades precisas para poner en marcha un régimen disciplinario más ágil y eficiente, a lo que se suma la creación del Registro Nacional de Abogados sancionados por Mala Práctica Profesional, creado por el Decreto Legislativo N° 1265, de diciembre del 2106. Esto es apenas el inicio..

Peor todavía, en un relativamente reciente estudio de Datum (2), en el que lo que se mide es el grado de deshonestidad que los encuestados atribuyen a las diferentes profesiones, de lejos, la percibida como la más deshonesta es la de los abogados. La brecha entre los profesionales de derecho (62.4%) y la segunda ocupación apreciada también como deshonesta, los administradores (6.3%), es enorme, y da cuenta de una crisis que no puede ser desvinculada de la que atraviesa el sistema judicial, cuyo punto más álgido ha sido, sin duda, el escándalo desatado por la difusión de audios desde julio último, y cuyos alcances son todavía impredecibles.

Esta realidad nos coloca, por cierto, en la necesidad de emprender profundas reformas en todo lo relacionado con la cuestión jurisdiccional, pero la dimensión del problema obliga a una mirada integral, lo que supone atender la crisis de valores que subyace a la enorme corrupción que, como ha quedado demostrado, ha corroído hasta límites inimaginables la ya débil institucionalidad en este ámbito.

En esa perspectiva, es indispensable examinar la situación de los centros de formación de donde provenimos abogados y jueces, es decir, las universidades que cuentan con la especialidad de Derecho en su oferta educativa y que, año a año, colocan en el mercado a miles de nuevos profesionales del Derecho con una calificación ciertamente heterogénea, pero, en promedio, ciertamente deficiente. En ese sentido, al margen de las medidas que deban adoptarse para evitar que continúen proliferando facultades que no reúnen los mínimos requisitos para ofrecer una educación de calidad, no podemos soslayar la escasa importancia que se ha venido otorgando a la formación ética en la generalidad de los casos.

Por otro lado, no obstante que la colegiatura obligatoria tiene como uno de sus fundamentos centrales velar por el correcto ejercicio de la profesión, los colegios de abogados no parecen haber calibrado suficientemente el rol que les corresponde en este campo, tanto para promover valores éticos como para sancionar oportuna y eficazmente a quienes transgreden las reglas o códigos de ética vigentes.

Por esa razón, la Comisión Consultiva para la Reforma del Sistema de Justicia, creada por el Presidente de la República en julio pasado, consideró crucial comprender dentro del paquete de medidas a proponer para llevar adelante esa reforma un proyecto de ley para incentivar la probidad en el ejercicio de la abogacía. Esta iniciativa ha sido puesta a consideración del Congreso y se espera su pronta aprobación.

Se trata, en términos sustantivos, de optar por una aproximación social al ejercicio de la abogacía, reconociendo como su fin último la defensa de los derechos de las personas y la consolidación del Estado de derecho. A partir de ello, se establecen claramente reglas a observar por los centros de formación de los profesionales del derecho, a fin de garantizar que dicha formación adopte como eje central una perspectiva ética, incorporando sus contenidos de manera gravitante y transversal a lo largo de toda la carrera de Derecho.

El proyecto demanda incluir en los planes o programas de estudio de esta especialidad del pre- y posgrado tales contenidos, así como adoptar medidas para su implementación y dar debido seguimiento a este propósito, asegurando una capacitación permanente de alumnos y docentes en esta materia. Desde luego, la misma exigencia se plantea en relación con otros centros de formación, como la Academia de la Magistratura.

Por otro lado, se exige a los colegios de abogados una más eficiente labor de promoción de la ética profesional y adoptar los mecanismos e instrumentos necesarios para actuar oportuna y decididamente en los procesos disciplinarios, sancionando ejemplarmente la mala práctica entre los hombres y mujeres que ejercen la profesión, tanto en el ámbito público como en el privado.

En definitiva, ética y valores deben inspirar la transformación del sistema judicial en nuestro país, y en ese esfuerzo es fundamental comprometer a las nuevas generaciones de abogados. ◗





[1]Ver Encuestas sobre percepción de corrupción en el Perú, Proética, años 2015 y 2017. [2]Datum: Estudio Ómnibus “Percepción de los Abogados”, mayo, 2015.